Decreto núm. 49 EXENTO, publicado el 28 de Enero de 1992. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Ñuñoa, 21 de Enero de 1992.- La Alcaldía de Ñuñoa decretó hoy lo siguiente:
Núm. 49 exento.- Teniendo Presente: La necesidad de ajustar al cobro de los derechos Municipales que efectúan las Direcciones respectivas y modificar algunas materias con dicho cobro, y Vistos: Lo dispuesto en el artículo No. 43 del DL No. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, las facultades que me otorga la Ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y lo acordado por el Codeco en su Sesión Ordinaria No. 2 de fecha 20 de Enero de 1992.
Decreto:
I) Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, promulgada por Decreto Exento No. 43 de fecha 27 de Enero de 1984 y sus modificaciones posteriores, en forma que se indica:
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- Modifícase el porcentaje de la letra c) del art. 9 por el siguiente:
c) Sector III calles y/o Avenida de la Comuna 200% valor
árbol
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- Modifícase el porcentaje y/o agrégase el art. 13 lo siguiente:
j) Certificado de Antigüedad examen sicométrico,
sensométrico y cambio de domicilio 0.07 UTM
m) A domicilio Privado (en la Comuna). 0.20 UTM
v) Controles Médicos 0.015 UTM
w) Control cada seis años para Licencia de conducir
Clase A-2, B, C y D. 0.40 UTM
z) Cambio clase o extensión a otros adicionales a
las ya autorizadas a conductores que estén en
posesión de Licencia, conforme a la Ley No. 18.290 0.25 UTM
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- Deróganse las siguientes letras del art. 13: ll),
ñ), r)
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- Agrégase en la letra c) del art. 16 lo siguiente:
Puestos Pescados y Mariscos 0.20 UTM
Puestos Fruta y Verduras 0.20 UTM
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- Modifícase el porcentaje de la letra a) y b) del art. 18 por el siguiente: a) Letreros, carteles, avisos luminosos pagarán
por m2 o...
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