Decreto núm. 258 EXENTO, publicado el 27 de Enero de 1992. DICTA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE CHILE CHICO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471010450

Decreto núm. 258 EXENTO, publicado el 27 de Enero de 1992. DICTA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CHILE CHICO
Rango de LeyDecreto

DICTA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Núm. 258 exento.- Chile Chico, 03 de Diciembre de 1991.- Vistos: El artículo 43° del Decreto Ley No. 3.063: y, las atribuciones que me confiere la Ley No. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto :

Díctase, la siguiente Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, Concesiones, Permisos y Servicios;

CAPITULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 14
Artículo 1

El objeto de la Presente Ordenanza es regular el monto y cobro de los Derechos Municipales que deban pagar las personas Naturales o Jurídicas sean de derecho público o privado por las concesiones, permisos o servicios que obtengan de la Municipalidad,

Liquidación y pago de los derechos

Artículo 2

El Departamento Municipal correspondiente girará mediante Orden de Ingreso, los derechos que procedan de acuerdo a las normas que se establecen en esta Ordenanza. El Contribuyente deberá cancelar los derechos en la Tesorería Comunal, en el plazo que le fije la Municipalidad.

En la orden referida se dejará constancia del permiso, concesión o servicio que la Municipalidad otorga con indicación del tiempo de validez, la copia de esta orden destinada al usuario o Contribuyente con el timbre de Caja de la Tesorería Municipal, será suficiente para exhibirla como permiso, autorización y/o exigir la concesión o prestación del servicio.

Artículo 3

La liquidación de los derechos municipales establecidos en la presente ordenanza expresados en unidades tributarias, se liquidarán y pagarán cada vez, ajustándose a la decena más próxima.

Devolución de derechos municipales

Artículo 4

La devolución total o parcial de los montos pagados por derechos municipales, cuando proceda se efectuará por decreto de pago del Alcalde.

Derechos por servicio de aseo, ornato y otros

Artículo 5

Los servicios especiales por extracción de basura, escombros, ornato y otros no regulados en la Ley pagarán los siguientes derechos:

  1. - Retiro de basura, escombros, ramas, hojas

    y otros, por metro cúbico 10% UTM

  2. - Transporte de tierra, arena ripio y otros

    por metro cúbico 10% UTM

    Derechos sobre transporte, tránsito y vehículos

Artículo 6

El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público y municipal estará gravado en los siguientes derechos:

  1. - Vehículos de carga motorizados, diario 2%...

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