Decreto núm. 507 EXENTO, publicado el 19 de Enero de 1988. DICTA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PARRAL |
Rango de Ley | Decreto |
DICTA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 507 exento.- Parral, 30 de Diciembre de 1987.- Vistos:
1) Lo dispuesto en el artículo 43 del DL Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.
2) Las facultades que me confiere el DL Nº 1.289, artículos 12º y 13º, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal.
Decreto:
Díctase, la siguiente "Ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios", para la Comuna de Parral, la cual regirá a contar del 01 de Enero de 1988.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular el monto y cobro de los derechos municipales que deben pagar las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado por las concesiones, permisos o servicios que obtengan de la Municipalidad.
Liquidación y pago de los derechos
Cada Departamento o Sub-Departamento Municipal confeccionará la liquidación de derechos que proceda según se establece en esta Ordenanza, que se notificará al contribuyente, quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal, en el plazo que fije la Municipalidad.
Devolución de derechos municipales
La devolución de todo o parte del monto pagado por un Departamento Municipal cuando proceda, se efectuará por Decreto de Pago del Alcalde, previo informe del Departamento que corresponda. Copia del Decreto de devolución indicado, se transcribirá al Departamento respectivo para su anotación en los registros correspondientes .
Derechos municipales por servicio de aseo y omato
Los servicios especiales por extracción de basuras escombros y otros, distintos de los indicados en los artículos 6º y siguiente de la Ley de Rentas Municipales, pagarán por concepto de Derechos Municipales lo siguiente:
-
- Retiro de escombros, por metro cúbico
10% de una UTM
-
- Retiro de ramas, hojas y otros provenientes de
jardines, por metro cúbico 5% de una UTM
Derechos municipales sobre transporte, tránsito y vehículos
Permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público y municipales:
-
- Automóviles, station wagon y camionetas hasta 500
kgs. de carga, anual 2 UTM
-
- Vehículos de transporte, pasajeros, carga y otros,
anual 1 UTM
-
- El derecho municipal, por el uso de estacionamiento
de tiempo limitado, será de $ 20.- por hora.
Este Derecho Municipal se pagará mediante la adquisición
de la correspondiente Tarjeta de Estacionamiento.
Las revisiones técnicas de vehículos practicados para cualquier tr mite que no sea el otorgamiento de permisos de circulación:
-
- Verificación de número de motor, transformaciones,
clasificaciones y otros fines 20% de una UTM
Los servicios por exámenes, anotaciones, otorgamiento de duplicados, certificados y otros pagarán los siguientes derechos:
-
- Control anual para conductores con licencia clase:
A - 1 y conductores mayores de 65 años de edad
25% de una UTM
-
- Control cada seis años para conductores con
licencia clase A - 2, B, C, y D 50% de una UTM
-
- Control cada seis años para conductores con
licencia clase E 25% de una UTM
-
- Cambio de clase o extensión a otras clases
adicionales a las ya autorizadas a conductores que
están en posesión de licencia conforme a la Ley Nº
18.290 25% de una UTM
-
- Duplicado de Licencias de conductor, cualquiera sea
su clase 25% de una UTM
-
- Cambio de domicilio, examen de reglamento, prá
ctico, físico o psíquico, cuando se...
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