Resolución Exenta SII N° 51, Departamento de Atención y Asistencia de Contribuyentes, de 18 de Abril de 2011 - Normativa - VLEX 272298783

Resolución Exenta SII N° 51, Departamento de Atención y Asistencia de Contribuyentes, de 18 de Abril de 2011

RESOLUCION EXENTA SII N°51 DEL 18 DE ABRIL DEL 2011 MATERIA : IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EMISIÓN DE FACTURAS PARA LOS CONTRIBUYENTES DE LOS IMPUESTOS ESPECÍFICOS A LOS COMBUSTIBLES ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 18.502.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Las facultades contenidas en el artículo 6º letra A, Nº 1 y 4 del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; el artículo 7º letra b) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes del Decreto Ley N° 825 de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y en el Decreto Supremo N° 55 de 1977, de Hacienda, reglamento del D.L. N° 825 de 1974; en la Ley N° 18.502, publicada en el Diario Oficial de 03.04.1986, que establece impuestos a los combustibles que señala; y en la Ley N° 20.493, publicada en el Diario Oficial de 14.02.2011, que crea un nuevo sistema de protección a los contribuyentes de los impuestos específicos establecidos en la Ley N° 18.502 ante las variaciones en los precios internacionales de los combustibles; las instrucciones contenidas en las Resoluciones Ex. N° 1661, de 1985, y N° 14, de 2005; lo dispuesto en el articulo N° 15 del Reglamento N° 332 publicado el en Diario Oficial con fecha 09 de Abril de 2011, para la aplicación del Sistema de Protección al Contribuyente ante las variaciones en los precios internacionales de los combustibles, creado por el título II de la ley N° 20.493.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo al artículo 71 bis del D.S. N° 55, de 1977, que contiene el Reglamento del D.L. N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, la Dirección del Servicio de Impuestos Internos, debe fijar las características de las Facturas, Facturas de Compra, Guías de Despacho, Liquidaciones, Liquidaciones Facturas, Notas de Débito, Notas de Crédito, Facturas Exentas o No Afectas y todos aquellos documentos que deban confeccionarse con dichas características.

  2. Que, mediante Resolución Ex. N° 1661, de 08.07.1985, publicada en el Diario Oficial de fecha 9 de julio del mismo año, se procedió a fijar las características de los documentos enunciados en el considerando anterior.

  3. Que, conforme a la letra a) del artículo 9° del D.L. N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el Impuesto al Valor Agregado se devengará, en la venta de bienes corporales muebles, en la fecha de la emisión de la boleta...

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