Resolución núm. 7232 EXENTA, publicada el 04 de Enero de 2011. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 755 EXENTA, DE 2005 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469693566

Resolución núm. 7232 EXENTA, publicada el 04 de Enero de 2011. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 755 EXENTA, DE 2005

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 755 EXENTA, DE 2005

Santiago, 23 de diciembre de 2010.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 7.232 exenta.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;

  2. La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones;

  3. La resolución exenta Nº 755, de 2005, modificada por las resoluciones exentas N° 840, de 2007; N° 666, de 2008; N° 110, de 2010 y N° 3.403, de 2010, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó norma técnica de equipos de alcance reducido;

  4. La resolución exenta Nº 403 modificada por las resoluciones exentas N°528 y N° 1.449, todas de 2008 y de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó norma técnica sobre requisitos de seguridad aplicables a instalaciones y equipos que indica, de servicios de telecomunicaciones que generan ondas electromagnéticas;

  5. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

    Considerando:

  6. Que es necesario actualizar la resolución exenta N° 755, de 2005, citada en la letra c) de los Vistos, con el objeto de permitir el uso, en nuestro país, de aplicaciones de baja potencia de transmisión que operan con características técnicas no consideradas en la citada resolución;

  7. La necesidad de administrar eficientemente la utilización del espectro radioeléctrico; y, en uso de mis atribuciones legales,

    Resuelvo:

    Modifíquese la resolución exenta N° 755, de 2005, citada en la letra c) de los Vistos, que fija norma técnica de equipos de alcance reducido, en el siguiente sentido:

    1. Incorpórese, en la letra j.2) del artículo 1°, la siguiente banda de frecuencias con su correspondiente límite de potencia y como inciso final el texto que se señala a continuación:

      "17.100 17.300 MHz 400 Mw

      La banda 17.100 17.300 MHz estará destinada para aplicaciones de monitoreo remoto de...

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