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Resolución núm. 2629 EXENTA, publicada el 28 de Abril de 2012. MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Núm. 2.629 exenta.- Valparaíso, 11 de abril de 2012.- Vistos: La nota suscrita por las empresas permisionarias de servicios de televisión pagada, VTR Banda Ancha (Chile) S.A., Directv Chile Televisión Limitada, Claro Chile S.A., y Telefónica Multimedia Chile S.A., mediante la cual solicitan al Servicio se adopten las medidas adecuadas para ejercer un mayor control en la importación de aparatos decodificadores de señales satelitales de televisión.

Considerando:

Que, la solicitud de las empresas referidas tiene sustento en la creciente importación efectuada durante el último tiempo de decodificadores de señal satelital capaces de captar tanto señales de libre recepción como aquellas emisiones de proveedores de contenidos de televisión sujeta a pago.

Que, algunos de los aparatos decodificadores en cuestión podrían contar con un software que posea un dispositivo descifrador que los hace aptos para desencriptar el contenido televisivo cifrado, siendo capaces entonces de interceptar las señales satelitales privadas que transmiten contenidos de televisión sujeta a pago.

Que, de acuerdo a estos antecedentes, es razonable colegir que estos aparatos codificadores pueden eventualmente ser utilizados fraudulentamente con objeto de captar emisiones de operadores de televisión de pago, sin estar legalmente autorizados para usar dicho servicio, vulnerando así normas relativas a la propiedad intelectual.

Que, atendiendo a la situación planteada, se hace necesario incorporar como documento de base del despacho de estas mercancías, una declaración jurada del importador en la cual conste que la mercancía se trata de un decodificador FTA (Free To Air), que sólo permite la recepción de señales satelitales de libre recepción. En el evento que dicho aparato receptor permita a su vez decodificar emisiones de operadores de televisión pagada, el importador deberá acompañar una declaración jurada señalando tal característica y además que cumple con la normativa sobre protección de derechos de propiedad intelectual.

Que, el artículo 77 de la Ordenanza de Aduanas, otorga al Director Nacional, facultades para determinar los documentos, visaciones o exigencias que se requieran para la tramitación de las destinaciones aduaneras de acuerdo a las normas legales y reglamentarias.

Teniendo presente: Estos antecedentes y las facultades que me confieren los números 7 y 8 del artículo 4° del DFL N° 329 de 1979, del...

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