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Resolución núm. 8309 EXENTA, publicada el 04 de Enero de 2012. ESTABLECE LA COMPARTIMENTACIÓN COMO INSTRUMENTO PARA LA GESTIÓN SANITARIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE LA COMPARTIMENTACIÓN COMO INSTRUMENTO PARA LA GESTIÓN SANITARIA

Núm. 8.309 exenta.- Santiago, 23 de diciembre de 2011.- Vistos: Las facultades conferidas por la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; en el DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, que establece normas sobre Protección y Sanidad Animal; decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre ellos el de aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, y las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es la autoridad encargada de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.

  2. Que, es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar todas las medidas sanitarias pertinentes a objeto de prevenir, controlar y erradicar enfermedades transmisibles de los animales.

  3. Que, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), en su Código Sanitario para los Animales Terrestres define al compartimento como un instrumento de gestión sanitaria, por el cual se designa a "una subpoblación animal mantenida en uno o varias explotaciones bajo un mismo sistema de gestión de la bioseguridad y con un estatus sanitario particular respecto de una enfermedad determinada o enfermedades determinadas contra la o las que se han aplicado las medidas de vigilancia, control y bioseguridad requeridas para el comercio internacional".

  4. Que, en dicho Código, la OIE, sugiere que en los países o zonas libres de enfermedad, "...será preferible definir los Compartimentos antes que se produzca un brote de la enfermedad", ya que, en presencia de un brote, la compartimentación evitará las pérdidas productivas y, consecuentemente, facilitará el comercio internacional.

  5. Que, los principios de la compartimentación, como bioseguridad, identificación animal, control de movimiento, trazabilidad, vigilancia y monitoreo, se aplican en la mayoría de los programas de control y erradicación de enfermedades desarrollados por el Servicio.

  6. Que, es necesario adecuar las regulaciones nacionales y las medidas de gestión en el ámbito de la sanidad animal, a aquellas directrices que disponen los Organismos Internacionales.

  7. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero tiene autoridad para aprobar, suspender o...

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