Resolución núm. 2220 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2012. DETERMINA RÉGIMEN DE CONTROL A APLICAR AL PRODUCTO DELGADIET FORTE - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469191542

Resolución núm. 2220 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2012. DETERMINA RÉGIMEN DE CONTROL A APLICAR AL PRODUCTO DELGADIET FORTE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DETERMINA RÉGIMEN DE CONTROL A APLICAR AL PRODUCTO DELGADIET FORTE

Núm. 2.220 exenta.- Santiago, 30 de agosto de 2012.- Visto: Estos antecedentes, la providencia Nº 552, de 19 de marzo de 2012, de Jefa Subdepartamento Registro y Autorizaciones Sanitarias, a la cual se acompaña el memorando Nº 118, de fecha 15 de marzo de 2012, de Jefa Subdepartamento Inspecciones, en el cual se requiere determinar el régimen que corresponde aplicar a 16 productos fabricados en un local farmacéutico, de acuerdo a las disposiciones del ar-tículo 8º, del decreto Nº 3 de 2010, entre ellos el producto Delgadiet Forte; el acuerdo de la Sesión Nº 4/12 de la Comisión de Régimen de Control Aplicable, de fecha 20 de abril de 2012; y

Considerando:

Primero: Que en la muestra enviada se declara que cada cápsula contiene: 200 mg de Glucomanan, 1 mg de Centella Asiática, 1,6 mg de Picolinato de Cromo, 100 mg de Fucus y 100 mg de Cáscara Sagrada. Además, en ella se indica que él es elaborado por Laboratorio Petit-Kornfeld, ubicado en Victoria 521, San Bernardo;

Segundo: Que se acompañó un folleto promocional, en el cual se establecen las siguientes indicaciones de uso para este producto: "Inhibe el apetito, Quemagrasas, Elimina líquido acumulado";

Tercero: Que, a través de la resolución exenta Nº 11.953, de fecha 30 de diciembre de 2004, de este Instituto, se clasificó al producto Glucomannan Cápsulas 500 mg, como medicamento. Asimismo, este Instituto tiene varios productos registrados que contienen glucomannan como principio activo, todos los cuales están clasificados como adelgazantes naturales y presentan 500 mg de este principio activo por forma farmacéutica; pero, actualmente, sólo uno de ellos tiene su registro vigente (Nº N-53/11);

Cuarto: Que el vegetal Centella asiática tiene reconocidos usos terapéuticos descritos, tanto en preparaciones propias de fitofármacos como de medicamentos homeopáticos, se desconocen usos alimenticios o como aditivos para él. El Instituto de Salud Pública tiene varios medicamentos autorizados que contienen preparaciones de Centella asiática como principio activo, solas o en asociación con otros principios activos (Ej.: N-78/11, N-172/07, N-469/08, etc.);

Quinto: Que este Instituto tiene varios productos farmacéuticos autorizados, con sus registros vigentes, que contienen como principio activo el alga fucus o fucus vesiculosus, sola o en asociación; éstos corresponden a productos farmacéuticos homeopáticos, fitofármacos o clasificados...

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