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Resolución núm. 533 EXENTA, publicada el 09 de Marzo de 2011. DELEGA FACULTADES EN FUNCIONARIOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES EN FUNCIONARIOS QUE INDICA

Núm. 533 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2011.- Vistos: El DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 18.410, orgánica de esta Superintendencia, y la resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón,

Considerando:

  1. Que la delegación de facultades es una institución contemplada en la ley cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cual, es posible delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias que se encuentra dotado, en razón de su cargo, el Jefe del Servicio, mecanismo que deberá efectuarse de forma parcial, sobre materias específicas y en funcionarios de su dependencia.

  2. Las necesidades del servicio de otorgar mayores atribuciones a los Directores Regionales, a fin de agilizar procedimientos y propender a la descentralización del mismo, desarrollando una acción expedita y eficaz en el cumplimiento de las gestiones que le son propias, fortaleciendo su rol fiscalizador.

  3. La necesidad de sistematizar un estatuto coherente de delegación de facultades y atribuciones, como de obligaciones y funciones de los Directores Regionales y así, adecuarlo a las últimas modificaciones legales.

  4. Que es necesario agilizar los procedimientos administrativos internos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles dando cumplimiento a los principios de economía procedimental y eficiencia contemplados en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.

  5. Que para dar cumplimiento a lo anterior, es preciso delegar ciertas facultades entregadas por ley al Superintendente, en algunas de las autoridades de la institución,

    Resuelvo:

  6. A efecto de cumplir con eficiencia y eficacia las facultades que la ley y el reglamento otorga al Jefe Superior de la Institución en lo relativo a fiscalizar y sancionar el cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y técnicas, delégase en los Directores Regionales de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, o en sus subrogantes legales, en sus respectivos territorios jurisdiccionales, las siguientes facultades, las cuales serán ejercidas específicamente mediante los siguientes actos:

    1. Oficios o resoluciones contra empresas, entidades, personas naturales o jurídicas por las que se formulen cargos, se las absuelva, o se les apliquen sanciones consistentes en amonestaciones o multas iguales o inferiores a 1000 UTM, cuando estas hayan infringido, en su territorio, las leyes, reglamentos o normas relacionadas con electricidad, gas, combustibles líquidos o productos asociados a estas normas, o cuando incurran en incumplimiento de las instrucciones y órdenes impartidas por esta Superintendencia, como asimismo, todos aquellos otros oficios o resoluciones provenientes del mismo proceso sancionatorio.

    2. Adoptar, transitoriamente, las medidas que estime necesarias para la seguridad del público y el resguardo de los derechos de los concesionarios y consumidores de energía...

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