Resolución núm. 533 EXENTA, publicada el 09 de Marzo de 2011. DELEGA FACULTADES EN FUNCIONARIOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTADES EN FUNCIONARIOS QUE INDICA
Núm. 533 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2011.- Vistos: El DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 18.410, orgánica de esta Superintendencia, y la resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón,
Considerando:
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Que la delegación de facultades es una institución contemplada en la ley cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cual, es posible delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias que se encuentra dotado, en razón de su cargo, el Jefe del Servicio, mecanismo que deberá efectuarse de forma parcial, sobre materias específicas y en funcionarios de su dependencia.
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Las necesidades del servicio de otorgar mayores atribuciones a los Directores Regionales, a fin de agilizar procedimientos y propender a la descentralización del mismo, desarrollando una acción expedita y eficaz en el cumplimiento de las gestiones que le son propias, fortaleciendo su rol fiscalizador.
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La necesidad de sistematizar un estatuto coherente de delegación de facultades y atribuciones, como de obligaciones y funciones de los Directores Regionales y así, adecuarlo a las últimas modificaciones legales.
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Que es necesario agilizar los procedimientos administrativos internos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles dando cumplimiento a los principios de economía procedimental y eficiencia contemplados en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Que para dar cumplimiento a lo anterior, es preciso delegar ciertas facultades entregadas por ley al Superintendente, en algunas de las autoridades de la institución,
Resuelvo:
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A efecto de cumplir con eficiencia y eficacia las facultades que la ley y el reglamento otorga al Jefe Superior de la Institución en lo relativo a fiscalizar y sancionar el cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y técnicas, delégase en los Directores Regionales de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, o en sus subrogantes legales, en sus respectivos territorios jurisdiccionales, las siguientes facultades, las cuales serán ejercidas específicamente mediante los siguientes actos:
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Oficios o resoluciones contra empresas, entidades, personas naturales o jurídicas por las que se formulen cargos, se las absuelva, o se les apliquen sanciones consistentes en amonestaciones o multas iguales o inferiores a 1000 UTM, cuando estas hayan infringido, en su territorio, las leyes, reglamentos o normas relacionadas con electricidad, gas, combustibles líquidos o productos asociados a estas normas, o cuando incurran en incumplimiento de las instrucciones y órdenes impartidas por esta Superintendencia, como asimismo, todos aquellos otros oficios o resoluciones provenientes del mismo proceso sancionatorio.
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Adoptar, transitoriamente, las medidas que estime necesarias para la seguridad del público y el resguardo de los derechos de los concesionarios y consumidores de energía...
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