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Resolución núm. 1981 EXENTA, publicada el 06 de Mayo de 2011. DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE DE UNIDAD REGIONAL DE SUBVENCIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE DE UNIDAD REGIONAL DE SUBVENCIONES

Núm. 1.981 exenta.- Puerto Montt, 20 de abril de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; la ley Nº 19.880, que establece las bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; DFL Nº 2, de Educación, de 1998, y sus modificaciones; decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones; Programa 21, Capítulo 01, Partida 09, Glosa 02 de la ley Nº 20.481, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2011, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios y que es una política institucional modernizar y desconcentrar su gestión.

  2. - Que esta Secretaría Ministerial de Educación se encuentra inserta en el Programa de Modernización de la Gestión, lo que implica una agilización en los trámites administrativos en el servicio de la Educación de la Región de Los Lagos y el otorgamiento de una mejor atención al usuario.

  3. - Que en este marco se ha detectado la necesidad de reforzar la inspección y fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país y el pago de la subvención estatal y se optimizan los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones, creándose para estos efectos la Unidad Nacional de Subvenciones por ley Nº 20.314 de Presupuestos para el año 2009, continuando su existencia en ley Nº 20.407, de Presupuestos para el año 2010, y en ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011.

  4. - Que en virtud del Programa 21, Capítulo 01, Partida 09, Glosa 02 de la ley Nº 20.481, de Presupuesto para el año 2011, el Ministro de Educación, el Subsecretario de Educación, los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación y los Jefes Provinciales de Educación delegarán, cuando corresponda, en los jefes de la estructura nacional, regional y provincial de la Unidad Nacional de Subvenciones, las facultades técnicas y administrativas que sean necesarias para su buen funcionamiento.

  5. - Que las facultades para instruir, sustanciar procesos administrativos y aplicar las sanciones a los establecimientos educacionales que cometan infracción al DFL Nº 2, de Educación, de 1998, y sus modificaciones, y al decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones, se encuentran radicadas en los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación.

  6. - Que los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación tienen radicadas también en su esfera de atribuciones facultades propias en el ámbito de pago de la subvención, fiscalización de establecimientos...

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