Resolución núm. 231 EXENTA, publicada el 26 de Junio de 2014. DELEGA FACULTAD DE FIRMA QUE INDICA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 109 EXENTA, DE 2009 - vLex Chile

Resolución núm. 231 EXENTA, publicada el 26 de Junio de 2014. DELEGA FACULTAD DE FIRMA QUE INDICA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 109 EXENTA, DE 2009

EmisorInstituto Nacional de Propiedad Industrial
Fecha de disposición20 Junio 2014
Fecha de publicación26 Junio 2014

DELEGA FACULTAD DE FIRMA QUE INDICA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 109 EXENTA, DE 2009

Núm. 231 exenta.- Santiago, 20 de junio de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.563, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, especialmente en los artículos 5º y 41º; en la Ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, especialmente la letra f) de su artículo 4º; en la Ley Nº 20.713, de 2013, de Presupuestos del Sector Público para el año 2014, especialmente lo dispuesto en la letra a) de la Glosa 02, del presupuesto asignado al Inapi, en la Partida 07, Capítulo 23, Programa 01, Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija la planta de personal del Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en la Ley 19.880, de 2003, de Procedimiento Administrativo; en el decreto supremo Nº 90, de 2012, que renueva el nombramiento del Director Nacional, dispuesto mediante el decreto supremo Nº 205, de 2009, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en la resolución exenta Nº 109, de 2009, que delega facultad de firma que indica; en la resolución exenta Nº 473 de 2012, que estableció su Estructura y Organización Interna y sus modificaciones; en la resolución exenta Nº 9, de 2014, que asigna funciones directivas, todas del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que el artículo 4º de la ley 18.575 estableció que las autoridades y funcionarios de la administración del Estado deberán velar siempre por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.

  2. Que, asimismo, el artículo 41º de la ley 18.575 dispuso que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de una autoridad podrá ser delegado sobre las bases que indica, entre ellas, que tal delegación deberá ser parcial y recaer en materias específicas.

  3. Que conforme lo dispone la letra f) del artículo de la Ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, le corresponde al Director Nacional dictar las normas administrativas relativas al funcionamiento interno del Instituto.

  4. Que mediante el artículo 1º de la resolución exenta Nº 109 de 2009, de este Instituto, se delegó en la Jefatura de la División Administrativa del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, o en quien legalmente la reemplace, la facultad de firmar, bajo la fórmula "Por orden del Director Nacional", los actos relacionados con las materias que ahí se indicaron, las cuales versan en general sobre resoluciones u otros actos administrativos relativos a personal, materias financieras o económicas y materias relativas a bienes y contratación pública.

  5. Que el artículo 2º de la mencionada resolución exenta dispuso que las resoluciones cuya firma se delegaba en la Jefatura de la División Administrativa deberán contar, previo a su firma, con la visación de la Jefatura de la Subdirección Jurídica o de quien legalmente la reemplace.

  6. Que la práctica institucional observada a partir de la vigencia de la antedicha resolución exenta, sus flujos de trabajo y la correcta y eficiente administración de los recursos del Instituto muestran la necesidad de incorporar nuevos actos administrativos de firma delegada en la Jefatura de la actual División de Administración y Finanzas, como también la adecuación de los controles establecidos mediante la visación de la Jefatura de la Subdirección Jurídica, para determinados actos, según su naturaleza y relevancia.

  7. Que, asimismo, se hace necesario adecuar los procedimientos de tramitación de determinados actos administrativos de este Instituto que en la actualidad deben ser registrados ante la Contraloría General de la República de manera electrónica, atendido que mediante la resolución Nº 224, de 2013, del órgano contralor, se establecieron las normas sobre Registro Electrónico de decretos y resoluciones que se realiza a través de la plataforma web de la Contraloría General denominada "Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado"...

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