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Resolución núm. 6198 EXENTA, publicada el 13 de Agosto de 2012. DELEGA ATRIBUCIONES QUE INDICA EN AUTORIDADES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DELEGA ATRIBUCIONES QUE INDICA EN AUTORIDADES QUE SEÑALA

Santiago, 1 de agosto de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 6.198 exenta.- Vistos: Lo establecido en los artículos 111 y siguientes de la Constitución Política de la República; los artículos y de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el artículo 41 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el gobierno y administración interior del Estado, ejercido a través de Intendencias Regionales y Gobernaciones Provinciales, debe observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y debida coordinación en la administración de los recursos públicos y en el cumplimiento de funciones y objetivos que la ley ha encomendado a las autoridades regionales.

Lo dispuesto en el artículo 10º transitorio de la ley Nº 20.568, que modifica, entre otras materias, la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, estableciendo que en las elecciones que se efectúen durante el primer año de aplicación de la ley Nº 20.568, las funciones conferidas al Servicio Electoral por los artículos 175 bis, 72, inciso sexto, y 76 bis de la ley Nº 18.700, continuarán siendo ejercidas por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Resuelvo:

Delégase en los Gobernadores Provinciales la atribución de acreditar en la oficina electoral de cada local de votación a las personas que deben llevar a cabo las funciones previstas en los artículos 72, inciso sexto, 76 bis, inciso primero y 175 bis, inciso segundo, todos de la ley Nº 18.700.

En el caso de la provincia de Santiago, la facultad antes referida será ejercida por el Intendente de la Región Metropolitana, a quien se le delega expresamente por este acto dicha...

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