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Resolución núm. 30 EXENTA, publicada el 25 de Enero de 2012. CONCEDE AMPLIACIÓN DE PLAZOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Rango de LeyResolución

CONCEDE AMPLIACIÓN DE PLAZOS QUE INDICA

Núm. 30 exenta.- Santiago, 20 de enero de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 19.880 de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el artículo 1º del Código de Procedimiento Civil; en la Ley Nº 20.254 de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en el decreto supremo Nº 205 de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que nombra al Director Nacional; en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que la Ley Nº 20.254, creó el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, en adelante también denominado INAPI, como un órgano descentralizado, de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de propiedad industrial, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, ejerciendo, entre otras funciones, la de mantener y custodiar los registros, anotaciones y transferencia, emisión de títulos y certificados, además de la conservación y publicidad de la documentación pertinente.

  2. Que Inapi se encuentra en un proceso de modernización de su plataforma tecnológica, el cual implica la implantación, puesta en marcha y mejoras del sistema IPAS (Industrial Property Automation System), sistema que tiene por objeto automatizar los procesos de las áreas dedicadas a propiedad industrial desde la solicitud hasta el registro, incluyendo las acciones posteriores a éste, tales como modificaciones, renovaciones y otras. El referido proceso se ha efectuado en colaboración con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

  3. Que en el marco del proceso de implementación de IPAS se hace necesario, para la debida incorporación de mejoras del sistema, que la actual plataforma tecnológica utilizada por Inapi deje de operar por un lapso que permita revisar y optimizar la transición hacia la nueva plataforma.

  4. Que, por esta razón, se ha considerado necesario suspender la atención de público en forma presencial el día...

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