Resolución núm. 457 EXENTA, publicada el 26 de Junio de 2012. CREA EL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE Y ESTABLECE SU COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y REGLAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469204506

Resolución núm. 457 EXENTA, publicada el 26 de Junio de 2012. CREA EL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE Y ESTABLECE SU COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y REGLAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyResolución

CREA EL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE Y ESTABLECE SU COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y REGLAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO

Núm. 457 exenta.- Santiago, 15 de junio de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos , , , , y 19 Nros. 12,14 y 15 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 74 y demás aplicables del nuevo Título IV del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.500, de 2011, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en las letras a), e) y l) del artículo 22 de la Ley Nº 18.989 Orgánica de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, modificada por el artículo 3º de la ley Nº 19.999; en el decreto exento Nº 53, de 18 de enero de 2012, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la resolución exenta Nº 684, de 16 de agosto de 2011, que Establece Normas de Participación Ciudadana en AGCI y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, en virtud de lo prevenido en la Constitución Política de la República de Chile, es deber del Estado asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional y garantizar, en el ejercicio de las funciones públicas, el estricto cumplimiento del principio de publicidad;

  2. Que, de conformidad con el nuevo Título IV de la Ley Nº 18.575 "Los órganos de la Administración del Estado deberán establecer consejos de la sociedad civil, de carácter consultivo, que estarán conformados de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano respectivo";

  3. Que, en cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes, esta Agencia de Cooperación Internacional dictó la resolución exenta Nº 684, de 2011, mediante la cual aprobó la norma de aplicación general de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia, estableciendo en los artículos 16, 17 y 18 del Punto 1º Resolutorio, como uno de los mecanismos de participación ciudadana, que AGCI contará con un Consejo de la Sociedad Civil, de carácter consultivo, conformado de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con el ámbito de su competencia, que se reunirá periódicamente para recibir información sobre políticas, planes y programas de la Agencia y para emitir opiniones y recomendaciones sobre las mismas, y cuya composición y funcionamiento se determinará mediante resolución posterior del Jefe del Servicio;

  4. Que, atendido que la composición y funcionamiento del Consejo de la Sociedad Civil de AGCI debe establecerse mediante el respectivo acto administrativo, se hace necesario crear el mencionado Consejo, designar a sus integrantes y fijar sus funciones y reglas generales de funcionamiento;

    Resuelvo:

    1. Créase el Consejo de la Sociedad Civil de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, órgano autónomo de carácter consultivo cuya función es permitir y facilitar que las asociaciones sin fines de lucro relacionadas o vinculadas con la cooperación internacional para el desarrollo puedan contribuir a ésta, aportando visiones, ideas y opiniones constructivas que orienten el proceso de diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas e...

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