Resolución núm. 1012 EXENTA, publicada el 12 de Diciembre de 2009. APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATOS DE CONCESIÓN DE USO DE VÍAS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATOS DE CONCESIÓN DE USO DE VÍAS QUE INDICA
Núm. 1.012 exenta.- Rancagua, 27 de noviembre de 2009.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 18.696; las Bases de Licitación del proceso de licitación de uso de vías denominado "Licitación de Vías de Acceso a la Ciudad de Rancagua a Servicios Rurales de Transporte Público Remunerado de Pasajeros Prestados con Buses - Proceso II"; aprobadas por resolución N° 54, de 13 de agosto de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta N° 1.793, de 18 de noviembre de 2004, del citado Ministerio; la resolución exenta N° 2.062, de 16 de diciembre de 2004, que aprueba contratos de concesión de uso de vías de Licitación Pública del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Actas de Declaración de Prórroga de los contratos de concesión de uso de vías suscritos por las empresas de transportes Juan de Dios Roa Moreno, Transportes Red Norte de Pasajeros Asociación Gremial de Empresarios Sexta Región, Galgo Ómnibus Asociación Gremial y la Asociación Gremial de Empresarios de Locomoción Colectiva de la Línea Sextur Lago Rapel; la demás normativa aplicable, y
Considerando:
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- Que con fecha 26 de noviembre de 2004, las empresas de transportes Juan de Dios Roa Moreno, Transportes Red Norte de Pasajeros Asociación Gremial de Empresarios Sexta Región, Galgo Ómnibus Asociación Gremial y la Asociación Gremial de Empresarios de Locomoción Colectiva de la Línea Sextur Lago Rapel suscribieron contratos de concesión de uso de vías de Licitación Pública de Vías de Acceso a la Ciudad de Rancagua a Servicios Rurales de Transporte Público Remunerado de Pasajeros Prestados con Buses, para prestar servicios de transporte público remunerado de pasajeros en los grupos de circuitos signados N° 5, 7, 8, 12 y 13 e individualizados en el anexo N° 5 de las Bases de Licitación.
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- Que, las concesiones de uso de vías se han otorgado por un período de 5 años, contados desde la fecha de puesta en marcha de los servicios rurales, la que se habría producido el día 29 de noviembre de 2004, según lo establecen los certificados de inscripción de los mismos, en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros.
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- Que, el plazo de las concesiones indicado en el considerando anterior finaliza el 29 de noviembre de 2009, y se hace necesario el mantener la continuidad de los servicios.
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- Que, las Bases de Licitación Pública de Vías de Acceso a la Ciudad...
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