Resolucion núm. 1812 EXENTA, el 27 de Agosto de 2008. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470250502

Resolucion núm. 1812 EXENTA, el 27 de Agosto de 2008. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA

Núm. 1.812 exenta.- Santiago, 14 de agosto de 2008.- Visto: La ley Nº 18.059, los artículos 113 y 118 de la ley Nº18.290, de Tránsito, el decreto supremo Nº 83/85 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347/87, y las resoluciones Nº 59/85 y 39/92, todas de la misma Secretaría de Estado antes mencionada; y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que mediante carta de 08.07.2008, Ferrovial Agroman Chile S.A., encargada de construcción del proyecto: "Autopista Acceso Sur a Santiago", ha comunicado una modificación de etapa constructiva de Tramo 4, que comprende cierre de tránsito de Av. Cardenal Raúl Silva Henríquez, entre Av. San José de La Estrella y Av. Santo Tomás, en la comuna de La Granja.

  2. - Que la mencionada obra tiene por objeto la construcción de un túnel en el tramo urbano de la autopista Acceso Sur a Santiago, obra concesionada por el Ministerio de Obras Públicas.

  3. - Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 118 de la ley Nº 18.290,

    Resuelvo:

  4. - Prohíbese la circulación de todo tipo de vehículos motorizados por Av. Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR