Resolución núm. 557 EXENTA, publicada el 31 de Mayo de 2014. DELEGA FACULTADES A JEFE REGIONAL DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 513350014

Resolución núm. 557 EXENTA, publicada el 31 de Mayo de 2014. DELEGA FACULTADES A JEFE REGIONAL DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES A JEFE REGIONAL DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES

Núm. 557 exenta.- Puerto Montt, 22 de abril de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.529 de Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización; la ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación; la Partida 09, Capítulo 01, Programa 21, Glosas 01 y 02 de la ley Nº 20.713, de Presupuestos del Sector Público para el año 2014; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DFL Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; el DFL Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005; el decreto supremo Nº 315, de 2010, del Ministerio de Educación, que Reglamenta Requisitos de Adquisición, Mantención y Pérdida del Reconocimiento Oficial del Estado a los Establecimientos Educacionales de Educación Parvularia, Básica y Media; el decreto supremo Nº 8.144, de 1980, del Ministerio de Educación, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios y que es una política institucional modernizar y desconcentrar su gestión.

  2. - Que en este marco se reforzó, hasta el mes de agosto del año 2012, la inspección, fiscalización y el pago de la subvención estatal de los establecimientos educacionales del país, optimizando los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones, creándose para estos efectos la Unidad de Subvenciones por ley Nº 20.314 de Presupuestos para el año 2009, continuando su existencia en ley Nº 20.407 de Presupuestos del Sector Público para el año 2010, ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, ley Nº 20.557, de Presupuestos del Sector Público para el año 2012, y la ley Nº 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013.

  3. - Que con la entrada en vigencia de la Superintendencia de Educación a contar del mes de septiembre del año 2012, la ley Nº 20.641, de Presupuestos del Sector...

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