Resolución núm. 199 EXENTA, publicado el 26 de Enero de 2013. DEFINE HORA CARGADA PARA EFECTOS DE APLICACIÓN DE LA NORMA DE CALIDAD PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468892986

Resolución núm. 199 EXENTA, publicado el 26 de Enero de 2013. DEFINE HORA CARGADA PARA EFECTOS DE APLICACIÓN DE LA NORMA DE CALIDAD PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

DEFINE HORA CARGADA PARA EFECTOS DE APLICACIÓN DE LA NORMA DE CALIDAD PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL

Santiago, 17 de enero de 2013.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 199 exenta.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, dejando sin efecto las resoluciones Nº 55, de 1992 y Nº 520, de 1996, y sus modificaciones, todas de la Contraloría General de la República;

  4. El decreto supremo Nº 425 de 1996, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Servicio Público Telefónico;

  5. El decreto supremo Nº 746 de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Plan Técnico Fundamental del Encaminamiento Telefónico;

  6. Las resoluciones exentas Nº 354 de 1988; Nº 1.117 de 1995 y Nº 81 de 2001, todas de la Subsecretaría.

  7. La resolución exenta Nº 1.490 de 2006, de la Subsecretaría, que fijó la Norma de Calidad para el Servicio Público de Telefonía Móvil y sus modificaciones posteriores.

  8. Las resoluciones Nº 1.634 de 2006, Nº 1.524 de 2007, Nº 1.555 de 2008, Nº 6.912 de 2009, Nº 124 y Nº 7.312 de 2012, todas de la Subsecretaría.

    Considerando:

  9. El crecimiento sostenido del mercado de la telefonía móvil en el país, que ha ubicado a este servicio como el de mayor penetración entre los servicios públicos de telecomunicaciones;

  10. La necesidad de velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos y por la protección de los derechos de los usuarios;

  11. La necesidad de contar con una Norma de Calidad en la prestación del servicio de telefonía móvil, que sea transparente y no discriminatoria y que contribuya al permanente desarrollo e inversión de la industria móvil, sobre la base de parámetros técnicos de calidad.

  12. Que el concepto de Hora Cargada constituye uno de los elementos definitorios para la determinación de los correspondientes indicadores de calidad del servicio telefónico móvil, y cuya definición corresponde efectuarla anualmente a la Subsecretaría;

    Resuelvo:

Artículo único

Para los efectos de lo previsto en el artículo 7º de la resolución citada en la letra g) de los Vistos, defínanse las Horas Cargadas para el año 2013 como aquellos períodos de 60 minutos comprendidos entre...

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