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Decreto 217 EXENTO - EXCEPTUA DE LA OBLIGACION DE PORTAR DISTINTIVO FISCAL A VEHICULO QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

EXCEPTUA DE LA OBLIGACION DE PORTAR DISTINTIVO FISCAL A VEHICULO QUE INDICA

Núm. 217 exento.- Santiago, 7 de junio de 2001.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1º y 3º del D.L. Nº 799 de 1974, modificados por el D.F.L. Nº 12-2345 de 1979; el decreto Nº 654 de 1974, del Ministerio del Interior, y en la resolución Nº 55/92, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por resolución Nº 520/96, ambos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que la Subsecretaría de Transportes, dependiente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, debe cumplir labores de fiscalización dispuestas por la ley Nº 19.011.

Que, por la razón expuesta se hace necesario que el vehículo patente única UG-6630, asignado a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la XII Región (Seremitt XII), no porte el distintivo estatal a que se refiere el artículo 3º del D.L. 799 y pueda circular los días sábados en la tarde, domingos y festivos.

D e c r e t o:

  1. Exímese de la obligación de portar el distintivo estatal a que se refiere el artículo 3º del D.L. 799 de 1974, al vehículo de la dotación de la Subsecretaría de Transportes que se indica más adelante:

Tipo de Vehículo : Camioneta

Marca : Chevrolet

Modelo : S10 De Luxe Crew Cab

Año : 2001

Motor...

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