Decreto núm. 712, publicado el 02 de Enero de 1987. PROMULGA ORDENANZA SOBRE CONSTRUCCIONES QUE EVIDENCIAN MAL ASPECTO U OBRAS QUE AMENACEN RUINA - MUNICIPALIDAD DE NATALES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471115914

Decreto núm. 712, publicado el 02 de Enero de 1987. PROMULGA ORDENANZA SOBRE CONSTRUCCIONES QUE EVIDENCIAN MAL ASPECTO U OBRAS QUE AMENACEN RUINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE NATALES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA ORDENANZA SOBRE CONSTRUCCIONES QUE EVIDENCIAN MAL ASPECTO U OBRAS QUE AMENACEN RUINA

Núm. 712.- Puerto Natales, 11 de Diciembre de 1986.-

Vistos estos antecedentes: Conforme a los informes que dispone la Municipalidad de Natales, existen en esta localidad inmuebles deshabitados, abandonados y otros habitados deteriorados o carentes de pintura; la gran cantidad de sitios baldíos que no tienen cierros ejecutados, edificados, pero cuyos cierros están en malas condiciones; las obras postergadas: o inconclusas cuyas estructuras contribuyen a afear el lugar en que están ubicadas; las atribuciones y competencias que la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Urbanización DFL. No. 458, de 1976, que establecen en sus: textos normas y obligaciones de los propietarios de mantener en buen estado sus bienes raíces, sean en sus formas de viviendas, de comercio, de industrias y de servicios instalados; disponiéndose de las exenciones de derechos en las obras denominadas de mantención, definidas en el decreto modificatorio No. 153 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización, de fecha 21 de Septiembre de 1984, que dicen que son aquellas destinadas a conservar la calidad de las terminaciones y de las instalaciones de edificaciones existentes; los artículos contenidos en el Párrafo 7° y Párrafo 8°, referidos a las demoliciones y a la Seguridad, Conservación y Reparación de edificios, respectivamente, del DFL. No. 458 de 1976; lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de Aseo y Otros No. 1 de 10 de Junio de 1976, que hace alcance en su articulado a cierros, pintado, aceras y edificaciones; lo dispuesto en la Ordenanza Local No. 2, Decreto Alcaldicio No. 717 de 31/12/85 y la publicada en el Diario Oficial de fecha 16 de Enero de 1986; teniendo presente los artículos 12° y 13° del DL No. 1289 de 1976, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal y, además, todo lo obrado negativamente o por acontecer que contribuya a desmejorar la condición de pueblo turístico de Natales,

Decreto:

Promúlgase la siguiente ordenanza sobre Construcciones que Evidencian mal Aspecto u, Obras que Amenacen Ruina:

Artículo 1°

La Municipalidad de Natales declara obligatorio el mejoramiento de fachada, techumbres, pavimentos, fundaciones, aleros, laterales de las viviendas, locales comerciales, garajes y construcciones en general de la localidad de...

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