eTheReal Impact Ventures SpA - 11 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922699887

eTheReal Impact Ventures SpA

Fecha de publicación11 Febrero 2023
Número de registroCVE-2270670
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.475
CVE 2270670 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.475 | Sábado 11 de Febrero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2270670
EXTRACTO
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de la 36ª Notaria Santiago,
de don Andres Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción número 65, piso 2,
Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de febrero de 2023,
Repertorio N° 4.968-2023, ante mí, doña PAOLA ALEJANDRA SOTO GAMBOA, constituyó
una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “eTheReal Impact
Ventures SpA”. Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por
objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a
terceros, a las siguientes actividades: (a) Investigación y desarrollo de todo tipo de nuevas
tecnologías y sistemas informáticos; (b) Automatización de procesos, gestión de datos y
recursos; (c) Creación, manufactura, diseño, desarrollo y ejecución de productos, equipos,
sistemas y procesos tecnológicos aplicados a áreas productivas como la agricultura, la industria
alimentaria, hotelera, etc.; (d) Actividades de consultorías de informática, gestión empresarial y
comercial, y otras actividades de apoyo a las empresas; (e) Prestación de todos otros servicios
relacionados con la aplicación de tecnología en diversas áreas; (f) La actividad de inversión en
toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos
debentures y cualquier instrumento del mercado de capitales, e igualmente la inversión y
participación en todo tipo de sociedades, comunidades, asociaciones que tengan por objeto
inversiones; (g) La adquisición, enajenación y explotación de bienes raíces rústicos o urbanos y,
la importación y exportación de productos y servicios; (h) En general, se entienden
comprendidos dentro del objeto, la celebra ción de contratos y la ejecución de todos los actos,
civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto
social o tiendan a su consecución y los demás que los socios acuerden desarrollar.-Capital:
$1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor
nominal, e l cual se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: doña PAOLA
ALEJANDRA SOTO, suscribe la cantidad de mil acciones ordinarias, nominativas, de igual
valor y sin valor nominal, las que paga de contado y en dinero efectivo, enterándolas a la fecha
de la constitución de la sociedad a la caja social. Administración: La Sociedad será administrada
por una o más personas designadas en calidad de Administrador por los Accionistas. Si hubiere
un solo accionista en la Sociedad, la designación se hará mediante escritura pública. En el caso
que existan dos o más accionistas, la designación se efectuará en Junta de Accionistas, por la
mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante escritura pública
suscrita por todos los accionistas. Desde la fecha de constitución y hasta que su nombramiento
sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por doña PAOLA
ALEJANDRA SOTO GAMBOA, quien podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de
las facultades establecidas en el artículo décimo quinto de los estatutos sociales, sin restricción
alguna. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de Febrero de 2023.

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