ESTUDIO JURIDICO PENALOZA LIMITADA - 20 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 919644165

ESTUDIO JURIDICO PENALOZA LIMITADA

Fecha de publicación20 Enero 2023
Número de registroCVE-2257250
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.456
CVE 2257250 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.456 | Viernes 20 de Enero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2257250
EXTRACTO
FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por
escritura pública, hoy ante mí, PABLO DANIEL PEÑALOZA PARRA, domiciliado en Serrano
número setenta y tres, oficina quinientos siete, comuna Santiago, y; don GONZALO
FERNANDO ACEVEDO PINTO, domiciliado en Serrano número setenta y tres, oficina
quinientos siete, comuna Santiago, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada.
RAZÓN SOCIAL: “ESTUDIO JURIDICO PENALOZA LIMITADA”. OBJETO: La Sociedad
tiene por objeto la prestación de servicios y asesorías legales, actividades jurídicas y de
asesoramiento empresarial en dichas materias, tanto a personas naturales como a personas
jurídicas o empresas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Estos servicios consistirían en
la elaboración de actos y contratos, labores de investigación legal, consultorías, elaboración de
informes en derecho, y, en general el asesoramiento y la consultoría en todos los campos
relacionados con el Derecho. DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que
se pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.
DURACION: La Sociedad comienza a regir a contar de la fecha de esta escritura y su duración
será de dos años, renovable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos, en
forma que indica escritura. CAPITAL: $1.000.000, que los socios aportan de la siguiente
manera: a) el socio don Pablo Daniel Peñaloza Parra aporta el equivalente al sesenta por ciento
del capital social, es decir, la suma de seiscientos mil pesos, pagados en este acto e ingresados en
caja social, y b) el socio don Gonzalo Fernando Acevedo Pinto, aporta el equivalente al cuarenta
por ciento del capital social, es decir, la suma de cuatrocientos mil pesos, pagados en este acto e
ingresados en caja social. Adicionalmente, los socios se obligan a aportar sus servicios
personales en la medida que lo exijan las necesidades sociales. La responsabilidad de los socios
queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración de
la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Pablo Daniel Peñaloza Parra,
amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 16 de enero de 2023.

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