Decreto 951 - APRUEBA CONSTITUCION Y ESTATUTOS DE LA JUNTA DE VIGILANCIA DEL RIO LIRCAY Y SUS AFLUENTES' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242061158

Decreto 951 - APRUEBA CONSTITUCION Y ESTATUTOS DE LA JUNTA DE VIGILANCIA DEL RIO LIRCAY Y SUS AFLUENTES'

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONSTITUCION Y ESTATUTOS DE LA "JUNTA DE VIGILANCIA DEL RIO LIRCAY Y SUS AFLUENTES''

Núm. 951.- Santiago, 27 de octubre de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 263º, 266º y 269º del Código de Aguas, el artículo 1º, párrafo XI Nos4 y 2 de la ley Nº 16.436 de 1966, el informe favorable de la Dirección General de Aguas emitido por oficio Ord. Nº 896 de 25 de octubre de 2004, y los antecedentes adjuntos,

D e c r e t o:

  1. - Apruébase la Constitución y Estatutos de la Junta de Vigilancia del Río Lircay y sus Afluentes, domiciliada en la provincia de Talca, comuna y provincia del mismo nombre, VII Región, en la forma que dan cuenta las escrituras públicas otorgadas ante el Notario Público de Talca don Héctor Manuel Ferrada Escobar de fechas 21 de octubre de 2003 y de 6 de octubre de 2004, respectivamente.

  2. - Antes de proceder a la anotación de esta Junta de Vigilancia en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces competente, deberá registrarse en la Dirección General de Aguas en conformidad con lo preceptuado en el artículo 196 del Código de Aguas.

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