Decreto núm. 1120 EXENTO, publicado el 01 de Agosto de 2007. DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LA ESTACION DE FERROCARRILES DE RIO BLANCO DEL FERROCARRIL TRASANDINO Y BIENES QUE INDICA, UBICADOS EN LA VILLA RIO BLANCO, COMUNA DE LOS ANDES, PROVINCIA DE LOS ANDES, V REGION DE VALPARAISO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470318890

Decreto núm. 1120 EXENTO, publicado el 01 de Agosto de 2007. DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LA ESTACION DE FERROCARRILES DE RIO BLANCO DEL FERROCARRIL TRASANDINO Y BIENES QUE INDICA, UBICADOS EN LA VILLA RIO BLANCO, COMUNA DE LOS ANDES, PROVINCIA DE LOS ANDES, V REGION DE VALPARAISO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LA ESTACION DE FERROCARRILES DE RIO BLANCO DEL FERROCARRIL TRASANDINO Y BIENES QUE INDICA, UBICADOS EN LA VILLA RIO BLANCO, COMUNA DE LOS ANDES, PROVINCIA DE LOS ANDES, V REGION DE VALPARAISO

Núm. 1.120 exento.- Santiago, 7 de junio de 2007.- Considerando:

Que, las vías del Ferrocarril Trasandino alcanzaron la localidad de Río Blanco el año 1904 y en el año 1906 se inaugura la estación de ferrocarriles de Río Blanco, que fue fundamental dentro de las operaciones de dicho ferrocarril trasandino, ya que a partir de ella los trenes debían conectarse a la cremallera para remontar el macizo andino.

Que, esta estación se ubica entre las estaciones de Río Colorado y Hermanos Clark, en el kilómetro 34 del ferrocarril trasandino, a 1.420 metros de altura sobre el nivel del mar y servía de centro de operaciones de los despejes de la vía en invierno y centro de acopio de vagones.

Que, en el sector norte de la vía férrea aún se conserva el cierro perimetral, con postes en madera tallada y malla transparente entre ellos.

Que, las construcciones que conforman la Estación Río Blanco están constituidas por muros de adobe, mampostería de piedra, albañilería de bloques, acero y madera.

Que, el edificio de la estación es una de las principales construcciones que conforma el conjunto ferroviario, además, de la oficina de correos, un policlínico, habitaciones o cuadras para trabajadores de las cuadrillas de vías, casas para funcionarios permanentes, un retén de Carabineros, una tornamesa, un estanque de agua para las locomotoras, una casa de máquinas, oficinas y red de agua potable.

Que, en la actualidad la estación Río Claro sigue funcionando como punto de llegada y salida de los trenes que transportan mineral de cobre, desde División Andina de Codelco hacia el puerto de Ventanas; y

Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión de 13 de diciembre de 2006, del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 1265, de 28 de febrero de 2007, del secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; solicitud del profesor de Historia y Geografía de don Jorge Arellano Zelaya, en representación del grupo "Iniciativa Ciudadana de Los Andes", de 19 de mayo de 2006; G.G. Nº 185 de gerente general (I) de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, de 5 de septiembre de 2006; resolución Nº 520, de 1996...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR