Decreto núm. 1120 EXENTO, publicado el 01 de Agosto de 2007. DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LA ESTACION DE FERROCARRILES DE RIO BLANCO DEL FERROCARRIL TRASANDINO Y BIENES QUE INDICA, UBICADOS EN LA VILLA RIO BLANCO, COMUNA DE LOS ANDES, PROVINCIA DE LOS ANDES, V REGION DE VALPARAISO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LA ESTACION DE FERROCARRILES DE RIO BLANCO DEL FERROCARRIL TRASANDINO Y BIENES QUE INDICA, UBICADOS EN LA VILLA RIO BLANCO, COMUNA DE LOS ANDES, PROVINCIA DE LOS ANDES, V REGION DE VALPARAISO
Núm. 1.120 exento.- Santiago, 7 de junio de 2007.- Considerando:
Que, las vías del Ferrocarril Trasandino alcanzaron la localidad de Río Blanco el año 1904 y en el año 1906 se inaugura la estación de ferrocarriles de Río Blanco, que fue fundamental dentro de las operaciones de dicho ferrocarril trasandino, ya que a partir de ella los trenes debían conectarse a la cremallera para remontar el macizo andino.
Que, esta estación se ubica entre las estaciones de Río Colorado y Hermanos Clark, en el kilómetro 34 del ferrocarril trasandino, a 1.420 metros de altura sobre el nivel del mar y servía de centro de operaciones de los despejes de la vía en invierno y centro de acopio de vagones.
Que, en el sector norte de la vía férrea aún se conserva el cierro perimetral, con postes en madera tallada y malla transparente entre ellos.
Que, las construcciones que conforman la Estación Río Blanco están constituidas por muros de adobe, mampostería de piedra, albañilería de bloques, acero y madera.
Que, el edificio de la estación es una de las principales construcciones que conforma el conjunto ferroviario, además, de la oficina de correos, un policlínico, habitaciones o cuadras para trabajadores de las cuadrillas de vías, casas para funcionarios permanentes, un retén de Carabineros, una tornamesa, un estanque de agua para las locomotoras, una casa de máquinas, oficinas y red de agua potable.
Que, en la actualidad la estación Río Claro sigue funcionando como punto de llegada y salida de los trenes que transportan mineral de cobre, desde División Andina de Codelco hacia el puerto de Ventanas; y
Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión de 13 de diciembre de 2006, del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 1265, de 28 de febrero de 2007, del secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; solicitud del profesor de Historia y Geografía de don Jorge Arellano Zelaya, en representación del grupo "Iniciativa Ciudadana de Los Andes", de 19 de mayo de 2006; G.G. Nº 185 de gerente general (I) de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, de 5 de septiembre de 2006; resolución Nº 520, de 1996...
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