Establece sistema de puntaje de licencias de conducir y sanciones especiales para quien conduzca en estado de ebriedad con resultado de daños, lesiones o muerte. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502260

Establece sistema de puntaje de licencias de conducir y sanciones especiales para quien conduzca en estado de ebriedad con resultado de daños, lesiones o muerte.

Fecha02 Junio 2009
Número de Iniciativa6539-15
Fecha de registro02 Junio 2009
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
MateriaLICENCIAS DE CONDUCIR, SISTEMA DE PUNTAJE
Autor de la iniciativaAccorsi Opazo, Enrique, Girardi Briere, Guido
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Establece sistema de puntaje de licencias de conducir y sanciones especiales quien conduzca en estado de ebriedad, con resultado de daños, lesiones y muerte

Boletín N° 6539&8209;15


VISTOS:


Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.


CONSIDERANDO:


1° Que dos mil personas mueren cada año por accidentes del tránsito.


2° Que la imprudencia de los conductores, la ingesta de alcohol y el consumo de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas constituyen la principal causa de accidentes del tránsito.


3° Que el sistema de sanciones establecido en la ley 18.290 del tránsito ha resultado ser ineficaz, ya que no obstante existir la posibilidad de cancelar la licencia de conducir bajo ciertas y determinadas circunstancias, ésta sanción nunca se aplica por tratarse de una situación excepcional


4° Que en el derecho comparado existen casos como el de España, donde se ha aplicado con éxito un sistema de puntuación que se asigna a cada conductor, de manera que, sólo se permite que conduzcan las personas que mantienen y determinado número de puntos en su licencia, los que se pierden en la medida que se infrinjan las normas del tránsito, y se recuperan con el transcurso del tiempo y una conducta irreprochable.


5° Que nuestra propuesta consiste en asignar a cada conductor 100 puntos, permitiendo el desempeño con un mínimo de 60 puntos, para los conductores no profesionales y de 80 para los profesionales. En el diseño propuesto, dependiendo de la gravedad de la infracción es la cantidad de puntos que se pierden. Así, una infracción gravísima equivaldrá a 20 puntos, una grave a 15, una menos grave a 10 y una leve a 5 puntos, los que se podrán recuperar transcurridos 2 años desde la aplicación de la respectiva sanción, siempre que durante ese lapso el conductor no incurra en ninguna nueva infracción.


6° Que hemos propuesto un sistema distinto para la sanción de quienes se desempeñen bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, ya que este tipo de conductas merece un castigo más drástico que no puede quedar entregado al sistema de puntos. Nuestra propuesta consiste en suspender por el plazo de 3 meses a quien se desempeñe bajo la influencia del alcohol, de 6 meses para quien lo haga en estado de ebriedad. Cualquiera sea el nivel etílico, si a consecuencia de la conducción se provocan daños, la suspensión será de un año, si hay lesiones leves, de 1 año y medio, si las lesiones son graves, 2 años; y por último si el resultado es de muerte, la sanción propuesta es la cancelación definitiva y a perpetuidad de la licencia para conducir vehículos. En los casos de sanciones de suspensión temporal, nos parece adecuado sancionar la reincidencia con la...

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