Establece un sistema de atención al consumidor por teleoperadores, en empresas privadas de bienes y servicios
Fecha | 13 Julio 2022 |
Fecha de registro | 13 Julio 2022 |
Número de Iniciativa | 15197-03 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Economía, Fomento y Desarrollo |
Autor de la iniciativa | Cifuentes Lillo, Ricardo |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE ATENCIÓN AL
CONSUMIDOR POR UN TELEOPERADOR EN EMPRESAS DE BIENES Y
SERVICIOS PRIVADAS
Antecedentes
En la actualidad, resulta cada vez más frecuente el empleo de call center o contact
center, es decir, el uso comercial de canales electrónicos o telefónicos para ventas
y transacciones de bienes y servicios, los que facilitan el acercamiento entre
consumidores y vendedores e impulsan de forma importante la economía.
Esta tecnología, que permite el comercio a distancia sin desplazamiento físico, se
ha incrementado en los últimos años y más aún durante la pandemia, lo que obliga
a revisar el marco normativo vigente y adoptar las medidas legislativas que mejor
aborden esta prestación de servicio y la calidad que se le entrega a los
consumidores. Lo anterior, considerando además el espíritu de la Ley 19.496, sobre
proyección de los derechos de los consumidores, cuyo principal objetivo es
precisamente la protección de sus derechos, entendiendo que es ésta la parte más
débil frente a la posición que detenta el proveedor del bien o servicio.
En relación a ello, ha sido el propio SERNAC quien ha estado realizando
fiscalizaciones a estas empresas en virtud de una serie de reclamaciones y alertas
que han levantado los consumidores, detectando falencias tales como la ausencia
de respuesta o esperas interminables para acceder a un ejecutivo, mal o nulo
servicio de teleoperadores, entre otras. En este sentido, en palabas del propio
director del servicio, "si la única forma de contactar a una empresa es por canales
a distancia, deben funcionar adecuadamente y entregar la información solicitada
por el consumidor de manera más expedita posible. Entendemos que puede
haber problemas en varias áreas, pero que se le responda el teléfono o correo al
consumidor, es lo mínimo exigible".
De lo descrito anteriormente se constata que no contamos con una legislación
nacional que regule especialmente estas materias y permita otorgar protección
13-07-2022
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