Establece reforma constitucional que incorpora el cambio de límites, la enajenación y la desafectación de Parques Nacionales dentro del dominio legal, adecuando la legislación interna a la Convención para Protección de la Flora, Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914515901

Establece reforma constitucional que incorpora el cambio de límites, la enajenación y la desafectación de Parques Nacionales dentro del dominio legal, adecuando la legislación interna a la Convención para Protección de la Flora, Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América.

Fecha14 Julio 2008
Número de Iniciativa5974-07
Fecha de registro14 Julio 2008
Autor de la iniciativaAccorsi Opazo, Enrique, Díaz Díaz, Marcelo, Enríquez-Ominami Gumucio, Marco, Escobar Rufatt, Alvaro, Espinoza Sandoval, Fidel, García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro, Jaramillo Becker, Enrique, Quintana Leal, Jaime, Saa Díaz, María Antonieta, Vallespín López, Patricio
MateriaCONVENCIÓN PARA PROTECCIÓN DE LA FLORA, FAUNA Y BELLEZAS ESCÉNICAS NATURALES DE AMÉRICA, PARQUES NACIONALES, REFORMA CONSTITUCIONAL
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Reforma Constitucional que incorpora el cambio de límites, la enajenación y la desafectación de Parques Nacionales dentro del dominio legal, adecuando la legislación interna a la Convención para la protección de la flora, fauna y las bellezas escénicas naturales de América

Boletín N° 5974&8209;07


VISTOS:


Lo dispuesto en los artículos 65 y 127 y siguientes de la Constitución Política de la República; la ley 18.362; lo prevenido por la Ley 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.


CONSIDERANDO:


1 ° Que la ley 18.362 de 27 de diciembre de 1984, estableció un sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, adoptando la decisión fundamental de conservar el medio ambiente nacional, bajo cinco objetivos; a saber: primero, mantener áreas de carácter único o representativas de la diversidad ecológica natural del país o lugar con comunidades animales o vegetales, paisajes o formaciones geológicas naturales, a fin de posibilitar la educación e investigación y de asegurar la continuidad de los procesos evolutivos, las migraciones animales, los patrones de flujo genético y la regulación del medio ambiente; segundo, mantener y mejorar recursos de la flora y la fauna silvestres y racionalizar su utilización;...tercero, mantener la capacidad productiva de los suelos y restaurar aquellos que se encuentren en peligro o en estado de erosión; cuarto, mantener y mejorar los sistemas hidrológicos naturales, y; quinto, preservar y mejorar los recursos escénicos naturales y los elementos culturales ligados a un ambiente natural.


2° Que la misma ley 18.362 estableció que el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado se encuentra integrado por categorías de manejo, que son: Reservas de Regiones Vírgenes, Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, definiendo cada categoría y estableciendo los objetivos perseguidos por cada una. De esta manera la Reserva de Región Virgen se caracteriza por ser un área donde existen condiciones primitivas naturales de flora, fauna, vivienda y comunicaciones, con ausencia de caminos para el tráfico de vehículos motorizados, y donde está vedada toda explotación comercial. Se establece que el objetivo de esta categoría de manejo es mantener dichas reservas inviolables en cuanto sea factible, excepto para la investigación científica debidamente autorizada y para la inspección por parte de la CONAF, o para otros fines que estén de acuerdo con los propósitos para los cuales la reserva ha sido creada. Por Parque Nacional, se entiende un área generalmente extensa, donde existen diversos ambientes únicos o representativos de la diversidad ecológica natural del país, no alterados significativamente por la acción humana, capaces de autoperpetuarse, y en que las especies de flora y fauna o las formaciones geológicas son de especial interés educativo, científico o recreativo. Los objetivos de esta...

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