Establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y de educación - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914509642

Establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y de educación

Fecha15 Junio 2021
Número de Iniciativa14310-35
Fecha de registro15 Junio 2021
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Educación y Cultura, de Salud, de la Mujer y la equidad de género, Unidas. TEA Boletín 14.310-35
Autor de la iniciativaAmar Mancilla, Sandra, Bobadilla Muñoz, Sergio, Cuevas Contreras, María Nora, Del Real Mihovilovic, Catalina, Durán Salinas, Eduardo, Marzán Pinto, Carolina, Mix Jiménez, Claudia, Muñoz González, Francesca, Rocafull López, Luis
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
MateriaAUTISMO, AUTISTA, CHILE CRECE CONTIGO, DISCAPACIDAD, DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA, INCLUSIÓN SOCIAL, PERMISOS ESPECIALES PARA TRABAJADORES, PERSONAS CON ESPECTRO AUTISTA, TAMIZAJE DEL TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA EN SALUD
PROYECTO DE LEY SOBRE ATENCIÓN, PROTECCIÓN E INCLUSIÓN PARA
LAS PERSONAS EN EL ESPECTRO AUTISTA Y CONDICIONES DEL
NEURODESARROLLO SIMILARES.
Fundamentos:
1.- Desde el año 2010 nuestro país cuenta con la ley 20.422 que establece normas
sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.
Dicho cuerpo normativo representa un marco legal general en materia de
discapacidad, abarcando un sinnúmero de situaciones que de hecho se dan en la
práctica y que son reflejo de las enormes barreras que enfrentan día a día las
personas bajo esta condición. Si bien la publicación de dicha norma es un avance, a
más de 10 años de su promulgación aún queda mucho por hacer en cuanto su
efectivo y real alcance, a su aplicación y a la eficacia de sus disposiciones.
2.- Como país debemos ir más allá y atender las necesidades e intereses específicos
de un porcentaje de la población que durante las últimas décadas ha ido creciendo
paulatinamente: las personas en Condición del Espectro Autista (CEA). Si hace diez
años en Chile uno de cada seiscientos niño y niñas nacían bajo esta condición, hoy
se estima que ese porcentaje es de uno cada cincuenta y cuatro. Por ello, urge
preparar a nuestro país para esta nueva diversidad de personas neuro divergentes.
La manera de hacerlo es adaptar nuestra legislación hacia las necesidades propias
de niños, niñas, adolescentes y personas adultas bajo esta condición.
3.- Hoy nuestro país no cuenta con la implementación necesaria para efectuar un
diagnóstico temprano del Espectro Autista (EA). Tampoco ha adoptado políticas
públicas para contabilizar cuantas personas tienen esta condición, cuáles son sus
necesidades e intereses. La única asistencia que existe, que resulta ser
absolutamente insuficiente, son ciertas ayudas técnicas entregadas a un minoritario
grupo de personas a través del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) a
las cuales se debe postular, no son un derecho. Tampoco se cuenta con prestadores
de salud a quienes acudir a fin de costear los tratamientos necesarios ni las terapias
que permitan una óptima calidad de vida con la Condición Espectro Autista. Menos
podemos hablar de inclusión social en centros educacionales o en algún tipo de
trabajo ya que se invisibiliza y disminuye en el trato a personas que son plenos
14-06-2021
22:04

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