Establece como falta grave la conducción de vehículos a exceso de velocidad en zonas donde existan establecimientos educacionales. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502340

Establece como falta grave la conducción de vehículos a exceso de velocidad en zonas donde existan establecimientos educacionales.

Fecha14 Abril 2011
Número de Iniciativa7594-15
Fecha de registro14 Abril 2011
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
MateriaESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, EXCESO DE VELOCIDAD
Autor de la iniciativaBauer Jouanne, Eugenio, Calderón Bassi, Giovanni, Cristi Marfil, María Angélica, García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro, Kast Rist, José Antonio, Macaya Danús, Javier, Sandoval Plaza, David, Silva Méndez, Ernesto, Squella Ovalle, Arturo, Ward Edwards, Felipe
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Prescribe como falta grave la conducción de vehículos a exceso de velocidad en zonas donde existan establecimientos educacionales.

Boletín N° 7594-15



El control de la velocidad ha sido, desde tiempos inmemoriales, una de las precauciones fundamentales del legislador, regulándolo en una serie de disposiciones, principalmente contenidas en la Ley del Tránsito 18.290. De acuerdo a esto, las normas en materia de tránsito y específicamente en cuanto a la velocidad de los automovilistas se han ido reglamentando año a año como una forma de morigerar los índices de accidentes de tránsito, los cuales evidentemente producen un innegable costo humano y también económico para quienes se vean involucrados.

Bajo este orden de ideas, reconocemos que el tránsito en las vías de nuestro país debe ser analizado primariamente desde la educación, otorgándole desde pequeños a las personas, la conciencia sobre la importancia de respetar las señales del tránsito, con el fin de proteger eficazmente la vida y salud de los automovilistas y peatones.

Así las cosas, debemos concebir la problemática del tránsito desde una perspectiva multidimensional, a partir de su real complejidad, lo cual escapa, ergo, de una solución estrictamente legislativa.

Que, sin perjuicio de lo anterior, los firmantes del presente proyecto de ley concordamos en la idea de que, a mayor regulación tendiente a prevenir la ocurrencia de funestos accidentes de tránsito a partir de imponer sanciones consideradas de “mejor calidad”, podremos disminuir substancialmente el acontecimiento de accidentes en las calles, pero a la vez pretendemos la formación de una cierta conciencia ciudadana acerca del inconveniente de efectuar ciertas conductas atentatorias muchas de ella a la vida de las personas.

En...

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