Decreto núm. 1448 EXENTO, publicado el 31 de Diciembre de 2010. ESTABLECE CUOTA GLOBAL ANUAL DE CAPTURA DEL RECURSO ALFONSINO, AÑO 2011 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469809198

Decreto núm. 1448 EXENTO, publicado el 31 de Diciembre de 2010. ESTABLECE CUOTA GLOBAL ANUAL DE CAPTURA DEL RECURSO ALFONSINO, AÑO 2011

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE CUOTA GLOBAL ANUAL DE CAPTURA DEL RECURSO ALFONSINO, AÑO 2011

Núm. 1.448 exento.- Santiago, 27 de diciembre de 2010.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Informe Técnico (R. Pesq.) Nº 114-2010; el Consejo Zonal de Pesca de la XV, I y II Regiones mediante Oficio Ord./ZI/Nº Nº 141 de fecha 29 de noviembre de 2010; el Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones mediante Oficio Ord./Z2/ Nº 154/2010 de fecha 30 de noviembre de 2010; el Consejo Zonal de Pesca de la V a la IX Regiones e Islas Oceánicas mediante Oficio Ord. (DZP) Nº 133/2010, de fecha 25 de noviembre de 2010; el Consejo Zonal de Pesca de la XIV, X y XI Regiones, mediante Oficio Ord./Z4/Nº 248, de fecha 09 de diciembre de 2010; el Consejo Zonal de Pesca de la XII Región y Antártica Chilena mediante Oficio (CZP) Nº 32, de fecha 24 de noviembre de 2010; por el Consejo Nacional de Pesca mediante Carta (CNP) Nº 57 de fecha 01 de diciembre de 2010; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes Nº 19.713, Nº 19.822, Nº 19.849, Nº 20.174 y Nº 20.175; el decreto exento Nº 644 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento N° 840 de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución exenta Nº 2282 de 2010, de esta Subsecretaría; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el decreto exento Nº 644 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, declaró a la unidad de pesquería del recurso Alfonsino Beryx splendens en estado y régimen de plena explotación en el Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva de la República, continentales e insulares, entre la XV y la XII Regiones.

Que los artículos 3 y 26 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establecen la facultad y el procedimiento para fijar cuotas globales anuales de captura para las especies que se encuentren sujetas al régimen de plena explotación.

Que se ha consultado previamente esta medida de administración a...

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