Establece agravante de responsabilidad penal en caso de robos contra choferes de locomoción colectiva. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914506077

Establece agravante de responsabilidad penal en caso de robos contra choferes de locomoción colectiva.

Fecha07 Diciembre 2010
Número de Iniciativa7348-07
Fecha de registro07 Diciembre 2010
Autor de la iniciativaAndrade Lara, Osvaldo, Pérez Lahsen, Leopoldo
MateriaCHOFER DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA, CHOFERES, CONDUCTOR PROFESIONAL, RESPONSABILIDAD PENAL
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
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Establece agravante de responsabilidad penal en caso de robos contra choferes de locomoción colectiva.

Boletín N° 7348-07




1. Fundamentos.- El contexto social en la actualidad, presenta como uno de sus principales rasgos la ocurrencia de delitos contra la propiedad, especialmente, bajo la modalidad de robos con violencia e intimidación. Lo anterior es una situación compleja que obedece a factores de diversa índole. En este ámbito, especial consideración merece que si la violencia o intimidación se ejerce en contra de ciertos grupos de personas que cumplen un servicio a la comunidad y que conforme a su sistema de trabajo deben recaudar dinero efectivo, por concepto de cobro de pasajes o recaudación en locales del comercio, los que se encuentran en situación de vulnerabilidad frente a esta clase de delitos, lo que hace necesaria una revisión del actual esquema de tutela penal.


Uno de los mecanismos razonables, en relación a este segmento vulnerable, es establecer una circunstancia agravante especial de la pena tratándose del delito de robo con violencia e intimidación. Históricamente, el reconocimiento de las circunstancias modificativas, aparece ya en el derecho romano1, aunque interesa contextualizarlo en su vertiente actual, y que de un análisis de las legislaciones, aflora marcadamente en las regulaciones en la materia tres criterios diferentes, que como señala Rivacoba, “a veces presentan ciertas variantes: el de circunstancias genéricas, dejadas...

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