Decreto 746 - OTORGA A EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DEL BIO BIO S.A. (ESSBIO S.A.) AMPLIACION DE LAS CONCESIONES DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS DESTINADAS A LA ATENCION DEL SECTOR DENOMINADO A1, COMUNA DE NEGRETE, VIII REGION
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DEL BIO BIO S.A. (ESSBIO S.A.) AMPLIACION DE LAS CONCESIONES DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS DESTINADAS A LA ATENCION DEL SECTOR DENOMINADO A1, COMUNA DE NEGRETE, VIII REGION
Núm. 746.- Santiago, 8 de julio de 2003.- Vistos:
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El D.F.L. Nº 382, de 1988 del Ministerio de Obras Públicas, Ley General de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones posteriores;
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El decreto supremo Nº 121, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, sobre Reglamento de Concesiones de Servicios Públicos Sanitarios;
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La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios;
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La ley Nº 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.F.L. MOP Nº 850, de 1997;
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El D.S. MOP Nº 148, de 1999, que formalizó las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas a empresa Essbio S.A., entre otras, en la localidad de Negrete, VIII Región.
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La presentación de la citada empresa de fecha 29 de agosto de 2002, en que solicita ampliación de las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas, para atender el sector denominado A1, comuna de Negrete, VIII Región.
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La Ficha de Antecedentes Técnicos F.A.T. SISS SC-08-18-A, informada por la solicitante Essbio S.A. y visada por la División de Concesiones de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
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Lo informado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios en ord. SISS Nº 1.121, de 2 de julio de 2003.
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La facultad que me confiere el artículo 17º del D.F.L. MOP Nº 382, de 1988, ya citado.
Considerando:
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Que, la solicitud de ampliación referida en el visto f) de la citada empresa cumple satisfactoriamente los requisitos legales y técnicos exigibles para el otorgamiento de concesiones de servicios públicos sanitarios.
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Que, la solicitud de ampliación se ha tramitado conforme al procedimiento de una nueva concesión, de acuerdo a lo establecido en los artículos 12 y siguientes del D.F.L. MOP Nº 382/88 y su Reglamento.
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Que, la ubicación del sector solicitado en ampliación y los correspondientes niveles de servicio se han incorporado a los nuevos planos del territorio operacional o zona de concesión de la Empresa de Servicios Sanitarios del Bío Bío S.A.
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Que, la proposición de tarifas de la solicitante es coincidente con el régimen...
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