ESSA2 SpA 77.333.234-7 - 12 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874594126

ESSA2 SpA 77.333.234-7

Fecha de publicación12 Agosto 2021
Número de registroCVE-1992540
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.026
CVE 1992540 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.026 | Jueves 12 de Agosto de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1992540
EXTRACTO
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de
Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica Mediante escritura
pública de fecha 27 de julio de 2021, repertorio N° 13.310-2021, ante mi Notario Suplente
Verónica Torrealba Acevedo, Enel Américas S.A., RUT N°94.271.000-3, domiciliado para estos
efectos en Santa Rosa 76, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de único accionista de
ESSA2 SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 12.556 número 5834 del Registro de Comercio de
Santiago correspondiente al año 2021, aprobó la fusión por incorporación de la Sociedad, y de
las sociedades de nacionalidad colombiana Codensa S.A. E.S.P. y Enel Green Power Colombia
S.A.S., en la sociedad de nacionalidad colombiana Emgesa S.A. E.S.P. (la “Fusión”). La
sociedad absorbente Emgesa S.A. E.S.P. es una sociedad anónima, constituida y existente de
conformidad con las leyes de Colombia, se encuentra identificada con el Número de
Identificación Tributaria 860063875-8 y tiene su domicilio social en Bogotá, Colombia. Además
de la Sociedad, las otras sociedades que participan de la Fusión, como sociedades absorbidas, son
las siguientes: (i) Codensa S.A. E.S.P., una sociedad anónima, constituida y existente de
conformidad con las leyes de Colombia, se encuentra identificada con el Número de
Identificación Tributaria 830037248-0 y tiene su domicilio social en Bogotá, Colombia; y (ii)
Enel Green Power Colombia S.A.S. E.S.P., una sociedad por acciones simplificada, constituida y
existente de conformidad con las leyes de Colombia, identificada con el Número de
Identificación Tributaria 900509559-6 y tiene su domicilio social en Bogotá, Colombia. Como
consecuencia de la Fusión, Emgesa S.A. E.S.P., como entidad sobreviviente, adquirirá todos los
activos y pasivos de la Sociedad y demás sociedades absorbidas, disolviéndose la Sociedad de
pleno derecho sin necesidad de efectuar su liquidación, sucediéndola Emgesa S.A. E.S.P. en
todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a Emgesa S.A. E.S.P. el accionista y
patrimonio de la Sociedad. Asimismo, con motivo de la Fusión, Codensa S.A. E.S.P. y Enel
Green Power Colombia S.A.S. E.S.P. también se disolverán conforme a la legislación
colombiana. En el contexto de la Fusión, se aprobaron los antecedentes que sirven de
fundamento a la misma, incluyendo los balances y estados financieros auditados de las
sociedades que se fusionan, así como el compromiso o acuerdo de fusión respectivo, preparado
de conformidad con las legislaciones chilena y colombiana, todos los cuales fueron
protocolizados bajo el mismo número de repertorio de la escritura extractada. En escritura
extractada, se dejó constancia que la Fusión constituye una operación transfronteriza ya que
involucra sociedades domiciliadas en dos jurisdicciones diferentes, por lo que necesariamente
aquélla deberá regirse por las leyes aplicables a cada una de las sociedades que participan en la
Fusión. La efectividad de la Fusión se encuentra sujeta al cumplimiento de las condiciones
suspensivas copulativas estipuladas en la escritura extractada. La Fusión surtirá sus efectos el día
en que se otorguen las siguientes 2 escrituras: (1) escritura a ser otorgada por los mandatarios
designados por los administradores de las sociedades que participan de la Fusión, quienes en
cumplimiento de la ley colombiana, otorgarán en dicho país una escritura pública contentiva,
entre otros documentos, del compromiso de fusión; y (2) en la misma fecha en que se otorgue la
escritura pública recién mencionada, mandatarios designados por los administradores de las
sociedades que participan de la Fusión, otorgarán una misma y única escritura pública
declarativa en Chile, dando cuenta del cumplimiento de las condiciones para la efectividad de la
Fusión. Con motivo de la Fusión, se aprobaron los estatutos de Emgesa S.A. E.S.P., que pasarán
a ser los estatutos de la sociedad fusionada. Demás estipulaciones y acuerdos constan de escritura
extractada. Santiago, 05 de Agosto de 2021. Iván Torrealba Acevedo, Notario Público.

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