Esparza - Villanueva - 15 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 896600291

Esparza - Villanueva

Número de registroCVE-2081483
Fecha de publicación15 Febrero 2022
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.179
CVE 2081483 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.179 | Martes 15 de Febrero de 2022 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2081483
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950, piso 7, en
causa RIT: C-292-2022, RUC: 19-4-0225474-5, caratulada “Esparza/Villanueva” y con fecha 26
de enero de 2022, se ha ordenado notificar a la demandada de autos Hugo Oscar Villanueva,
RUT 21.712.520-0, la presente resolución, conjuntamente con la liquidación del crédito de fecha
24 de enero del año en curso. Requerimiento de pago: “Santiago, veintiséis de enero de dos mil
veintidós. Requiérase a don Hugo Oscar Villanueva, para que dentro del plazo de cinco días
establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, pague a doña María Elena Esparza
Chacón, o a quien sus derechos represente, la suma de $12.907.248 (doce millones novecientos
siete mil doscientos cuarenta y ocho pesos), más reajustes, intereses y costas. La liquidación del
crédito deberá notificarse por carta certificada a la demandante, la que se tendrá por aprobada si
en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone el artículo 469 del
Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación, se notificará el requerimiento al
demandado, quien tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo
previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de los principios de celeridad y de
oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo, en relación al artículo 465 del
mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: Ofíciese a la Tesorería General de la
República para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del Código
del Trabajo, hasta por la suma de $12.907.248 (doce millones novecientos siete mil doscientos
cuarenta y ocho pesos). A través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el
funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa la
información que se registre en la Comisión para el Mercado Financiero, relativa a las entidades
bancarias y financieras en que mantenga acreencias la demandada. Sin perjuicio de lo resuelto,
conforme al mérito del proceso declarativo y verificándose los presupuestos previstos en el
artículo 439 del Código del Trabajo, se ordena notificar a la demandada Hugo Oscar Villanueva,
RUT 21712520-0, la presente resolución y la liquidación del crédito conjuntamente, mediante
publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a un extracto que redacte el Ministro
de fe del Tribunal.- RIT: C-292-2022, RUC: 19-4-0225474-5.- Proveyó doña Lidia del Carmen
Bruna Uribe, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago”.
Liquidación: Practicada por el Tribunal con fecha 24 de enero de 2022 y que arroja la suma de
$12.907.248.- Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintidós.- RIT: C-292-2022, RUC:
19-4-0225474-5.- Paola Milagros Guerra Quijada, Jefe de Unidad de Causas y Liquidaciones.

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