ESCALONA Y COMPAÑÍA SpA 76.207.904-6 - 2 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 909842238

ESCALONA Y COMPAÑÍA SpA 76.207.904-6

Fecha de publicación02 Septiembre 2022
Número de registroCVE-2181290
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.343
CVE 2181290 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.343 | Viernes 2 de Septiembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2181290
EXTRACTO
Don ROBERTO PUGA PINO, abogado, Notario Público Suplente del Titular don
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con
domicilio en calle Alcántara número ciento siete, según consta en el Decreto Judicial
debidamente protocolizado, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2022,
Repertorio Número 68267, ante mí, don Roberto Puga Pino, Notario Suplente del Titular de la
Segunda Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, se redujo Acta de la Junta
Extraordinaria de Accionistas de ESCALONA Y COMPAÑÍA SpA, inscrita a fojas 21712
Número 15160 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
correspondiente al año 2012. Ante mí, comparece el único accionista: don Felipe Andrés
Escalona Espinoza, cédula de identidad número 13.903.314-0, en adelante el “accionista”, quien
celebro la Junta con fecha 26 de agosto de 2022, en adelante “la Junta”, donde se acordó
modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. El
objeto de la sociedad será: a) La consultoría de marketing y publicidad, diseño de campañas de
promoción, comunicación y relaciones públicas y de imagen. b) La organización y gestión de
espectáculos y eventos culturales, de negocios, recreativos, particulares, etcétera, ya sea por
cuenta propia o de terceros. c) La construcción de inmuebles, desarrollo urbanístico, diseño
arquitectónico, decoraciones y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de
jardines y áreas verdes. d) El arriendo de vehículos motorizados, con o sin chofer. e) La
fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución y, en general, la adquisición y
enajenación de: especialidades farmacéuticas, productos y preparados medicinales, productos
químicos, biológicos, bioquímicos y homeopáticos productos alimenticios, naturales, aceites
vitamínicos; como asimismo de productos cosméticos, de droguería, perfumería y artículos
plásticos y de vidrio; materias primas, elementos básicos, maquinarias y utillaje relacionados con
los rubros antes referidos, sea que los productos y materias antes indicados sean de fabricación
propia o adquiridos de terceros, sea que ellos estén amparados por marcas, patentes y
procedimientos registrados a nombre de la sociedad o de terceros. f) La importación y
exportación, distribución, fabricación, representación de firmas nacionales o extranjeras,
comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción por cuenta propia o ajena, de toda
clase de productos y mercaderías. g) La prestación de servicios profesionales de toda índole y
área, en especial legales, comerciales, financieros, arquitectura, construcción, médicos,
veterinarios, estudios, elaboración y ejecución de proyectos, asesorías, tasaciones, estudios de
factibilidad y la celebración de todo tipo de actos, contratos y negocios encaminados a tales
prestaciones, ya sea con particulares o entidades públicas nacionales y extranjeras. Para el
cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o
asociada o en coparticipación con terceros, formar y participar en sociedades, comunidades y
asociaciones; y desarrollar cualquier otro negocio que acordaren los socios. h) La realización de
cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este
artículo. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta
propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, formar y participar en sociedades,
comunidades y asociaciones; y desarrollar cualquier otro negocio que acordaren. Asimismo, en
el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad procurará generar un impacto positivo
para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los
socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente
artículo; y se modificó el artículo Sexto de los estatutos sociales en asuntos que no son materia
de extracto. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás
disposiciones en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2022.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR