Errores en decreto del Gobierno impidieron establecer por cuatro días alerta sanitaria en Quintero - 29 de Septiembre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 741069293

Errores en decreto del Gobierno impidieron establecer por cuatro días alerta sanitaria en Quintero

El viernes 21 de septiembre, el Ministerio de Salud ingresó el decreto N° 82 a la Contraloría. El Gobierno esperaba tener cuanto antes la toma de razón para decretar alerta sanitaria en las comunas de Quintero y Puchuncaví, dados los recientes episodios de intoxicación. El documento, firmado solo por el ministro de Salud, fue rechazado por la Contraloría, al constatar diversos errores. Esto obligó al Ejecutivo a preparar un nuevo decreto (N° 83), que ingresó el lunes y fue aprobado el martes por el contralor. La Moneda buscaba vía decreto tener la facultad para constatar una alerta sanitaria y decretar medidas con niveles más bajos de contaminación respecto de los que actualmente rigen, para evitar intoxicaciones.Fuentes al interior del Minsal reconocen que el primer documento fue devuelto por la Contraloría, ya que el ente fiscalizador exigía el compromiso por parte del Ministerio del Medio Ambiente de presentar un plan de descontaminación antes del 31 de diciembre de este año. Por lo mismo, el documento debía tener la firma de la ministra Carolina Schmidt, cuyo ministerio está a cargo del tema.Las diferencias entre los decretosPero el retraso no solo se debió a formalidades, sino que también a que tuvo profundas modificaciones. El primero tenía ocho páginas con "detalles específicos con los niveles de emisiones" para las 19 empresas que se ubican en la bahía de Quintero.Por ejemplo, el primer documento señala que se decretará alerta ambiental cuando la concentración de material particulado respirable MP 2,5 alcance en 24 horas más de 80 ug/mg {+3} . Si lo comparamos con la normativa actual, esos niveles corresponden a alerta ambiental. Sobre 170 ug/mg {+3} ya sería emergencia ambiental.En el caso del dióxido de azufre, el decreto apuntaba a las situaciones en que la concentración de una hora se ubique sobre 500 ug/mg {+3} . La ley en cambio señala que desde 1.962 ug/mg {+3} se considera emergencia ambiental.El segundo decretoEn tanto, el decreto número 83 -el cual fue aprobado- tiene solo cuatro páginas y señala que la Seremi de Salud de la Región de Valparaíso tendrá "facultades extraordinarias para disponer, según proceda, de las siguientes medidas: Ordenar la disminución (e incluso la prohibición) de la emisión de material contaminante de fuentes fijas comunitarias e industriales cuando las condiciones sanitarias así lo ameriten".Otra herramienta es detener las faenas "cuando las condiciones de ventilación así lo aconsejen, lo que se...

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