Decisión nº C2070-14, de Consejo de Transparencia de 28 de Abril de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 572724674

Decisión nº C2070-14, de Consejo de Transparencia de 28 de Abril de 2015

Fecha de Resolución28 de Abril de 2015
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C2070-14

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos

Requirente: Ernesto Ortiz Castro

Ingreso Consejo: 24.09.2014

En sesión ordinaria N° 612 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de abril de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2070-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 6 de agosto de 2014, don Ernesto Ortiz Castro solicitó al Servicio de Impuestos Internos "tener acceso a una base de datos que contenga información acerca de todas las propiedades no agrícolas de carácter habitacional (principalmente casas y edificios de departamentos) del país por comuna. Para cada una de las viviendas (propiedades no agrícolas de carácter habitacional) de una comuna se requiere con el mayor nivel de detalle posible la materialidad del sistema estructural (paredes exteriores principales); por ejemplo, hormigón armado, albañilería, madera estructural o acero, entre otros, como también el material de techo y de piso. También se requieren los metros cuadrados construidos, el año de construcción, el costo de construcción o en su defecto el avalúo fiscal. En el caso de edificios de departamentos, la información requerida es la del edificio en su conjunto, es decir, número de departamentos, número de pisos, material del sistema estructural del edificio, material de techo y pisos, metros cuadrados del edificio, año de construcción y costo o avalúo fiscal. Si bien cada vivienda estará asociada a una comuna de una ciudad, de una región del país, es importante conocer su ubicación específica dentro de la misma comuna, por lo que la dirección o coordenadas geográficas también es requerida."

Agrega que no requiere tener información acerca del propietario o de las personas que habiten en cada vivienda.

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