Decisión nº C1393-16, de Consejo de Transparencia de 14 de Junio de 2016
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 2016 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar, Obras Públicas (Vialidad) |
DECISIÓN AMPARO ROL C1393-16
Entidad pública: Municipalidad de Chillán
Requirente: Enrique Jara Rivera
Ingreso Consejo: 28.04.2016
En sesión ordinaria N° 713 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de junio de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1393-16.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 16 de marzo de 2016, don Enrique Jara Rivera solicitó a la Municipalidad de Chillán informar lo siguiente:
a) "Estado de situación y uso de espacio de utilidad pública y tránsito vial ubicado en la ciudad de Chillán en Calle Isabel Riquelme vereda y acera poniente entre calles El Roble y Maipón. Específicamente, informar bajo qué normas o excepciones legales se ejecutaron, adjuntar copias y firmas de su autorización fechas, y gestores responsables de ello, condiciones actuales de su ocupación, aclarar si hay compromiso de cobros y pagos ejecutados en orden a la servidumbre de uso por una empresa comercial y particular, situación de invasión de espacio que está claramente prohibida al uso de particulares y toda utilización temporal o permanente por el hecho de pertenecer a la planificación urbana destinada al flujo peatonal y vehicular debiera contar con la autorizaciones legales correspondientes, caso contrario, de infligir las normas debe disponerse su retiro del lugar;
b) Situación contractual, plazos, fechas, condiciones de explotación estacionamientos subterráneos y de superficie del radio céntrico de la ciudad de Chillán. Se requiere transparentar información...
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