Decreto 338 - ENCASILLA Y TRASPASA PERSONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 396050938

Decreto 338 - ENCASILLA Y TRASPASA PERSONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor31 de Agosto de 2012

ENCASILLA Y TRASPASA PERSONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

Núm. 338.- Santiago, 6 de agosto de 2012.- Considerando:

Que la ley Nº 20.529, en su artículo sexto transitorio, inciso final y en su parte pertinente, prescribe: "La individualización del personal traspasado se realizará a través de decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República" por intermedio del Ministerio de Educación".

Que, el artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 2012, del Ministerio de Educación, que fija la planta de personal de la Superintendencia de Educación y regula materias señaladas en los artículos tercero, quinto y sexto transitorios de la ley Nº 20.529, dispone el traspaso desde el Ministerio de Educación a la Superintendencia de Educación de los funcionarios que tienen la calidad jurídica de planta o a contrata y pertenecen a los estamentos que en dicho articulado se indica, por desempeñar funciones que, en virtud de la citada ley, pasarán a ser desempeñadas íntegramente por la Superintendencia de Educación.

Que dado lo anterior, se hace necesario individualizar el personal del Ministerio de Educación que será encasillado y traspasado en calidad de planta y/o contrata a la Superintendencia de Educación; y

Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución de la República de Chile; en los artículos tercero transitorio y sexto transitorio de la ley Nº 20.529; y en el decreto con fuerza de ley N° 4, de 2012, del Ministerio de Educación, dicto el siguiente

Decreto:

Artículo 1º

Traspásase y encasíllase en la planta de personal de la Superintendencia de Educación, a contar de su entrada en operaciones, al siguiente personal titular de planta del Ministerio de Educación en los cargos y grados que se pasan a indicar, conforme a lo dispuesto en los artículos y del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2012, del Ministerio de Educación:

.

Artículo 2º

Traspásase a la Superintendencia de Educación, a contar de su entrada en operaciones, al siguiente personal a contrata del Ministerio de Educación en los grados y plantas de asimilación que se pasan a indicar, conforme a lo dispuesto en los artículos y del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2012, del Ministerio de Educación:

.

Artículo 3°

Traspásase y encasíllase, según se indica, desde el Ministerio de Educación a la Superintendencia de Educación, a contar de su entrada en operaciones, a los/as siguientes funcionarios/as, conforme a lo dispuesto en los artículos , y del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2012, del Ministerio de Educación:

1) Encasíllase a don RENE EDUARDO PALMA HENRIQUEZ, RUT Nº4.799.984-7, en la planta Técnico, grado 16° y traspásase como contrata asimilada a la planta Fiscalizador, grado 16° de la Escala Fiscalizadora.

2) Encasíllase a don PATRICIO AUGUSTO SAN MARTIN CHANDIA, RUT Nº5.066.349-3, en la planta Técnico, grado 18° y traspásase como contrata asimilada a la planta Fiscalizador, grado 16° de la Escala Fiscalizadora.

3) Encasíllase a doña ELVIRA AGUILERA VALENZUELA, RUT Nº5.188.418-3, en la planta Técnico...

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