Empresa de Servicios Transitorios; Constitución y Funcionamiento; Requisitos; Ordinario Nº 2646, De 08.06.2018 - Núm. 62, Agosto 2018 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 795577473

Empresa de Servicios Transitorios; Constitución y Funcionamiento; Requisitos; Ordinario Nº 2646, De 08.06.2018

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MANUAL EJECUTIVO LA BO RAL
una mera adecuación funcional que no da cuenta de la imposibilidad de aplicar las
reglas generales que rigen la jornada laboral, amén de generar un evidente obstáculo
a la scalización que exigen estos sistemas de excepción tanto en lo laboral como en
materia de salud y seguridad del trabajador, pues, como se dijo antes, las funciones
se desempeñan en una casa particular no vinculada con la empleadora.
Así las cosas, en la especie no se vericaría el supuesto normativo contenido en el
citado inciso 7° del artículo 38, a saber, que se trate de un caso calicado donde no
puedan aplicarse las reglas generales que establece la ley sobre jornada de trabajo,
atendidas las especiales características de la prestación de servicios y, junto con
ello, se haya scalizado el cumplimiento de las pertinentes condiciones de higiene
y seguridad.
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, es parecer del suscrito que
no resulta procedente autorizar, sea mediante resolución marco para toda la actividad,
sea mediante autorización especíca para la empresa interesada, la implementación
de un sistema excepcional de distribución de días de trabajo y descansos para el
personal que presta servicios de atención de salud domiciliaria a pacientes en cuyo
hogar se ha habilitado la hospitalización domiciliaria.
Saluda atentamente,
JOSE FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
8.- EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS; CONSTITUCIÓN Y
FUNCIONAMIENTO; REQUISITOS;
MATERIA: Informa sobre requisitos de constitución y funcionamiento EST, en los
casos que la empresa usuario opera casinos de juegos
ORDINARIO N°2646, DE 08.06.2018
Se consulta si una empresa de servicios transitorios debe cumplir alguna autorización
o permiso legal adicional tratándose de una usuaria del giro Operador de Casinos
de Juegos.
Al respecto, cabe considerar que los requisitos de constitución y funcionamiento de
las empresas de servicios transitorios se encuentran establecidos en el párrafo 2º del
Título VII del Libro I del Código del Trabajo, el que además somete tales materias a
la scalización de este Servicio.
En virtud de lo anterior, la Dirección del Trabajo mediante Orden de Servicio Nº3
de 26.12.2006, ha impartido instrucciones para la aplicación de las normas sobre
Empresas de Servicios Transitorios y su incidencia en los procedimientos de
scalización.

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