Decreto 1024 - AUTORIZA EMISION DE BONOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. Y OTORGA GARANTIA DEL ESTADO - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242128462

Decreto 1024 - AUTORIZA EMISION DE BONOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. Y OTORGA GARANTIA DEL ESTADO

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA EMISION DE BONOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. Y OTORGA GARANTIA DEL ESTADO

Núm. 1.024.- Santiago, 11 de noviembre de 2003.- Vistos: El artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44º, 45º y 46º del D. L. Nº 1.263 de 1975; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.847, el Convenio de Programación Nº 2 del 2003, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.,

Decreto:

  1. Autorízase a la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de 1.900.000 Unidades de Fomento (un millón novecientos mil unidades de fomento), de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.847.

  2. La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan:

    1. Emisor : Empresa de Transporte de

      Pasajeros Metro S.A.

    2. Valores a Emitirse : Bonos al portador en

      moneda nacional, denominados

      en Unidades de Fomento.

    3. Monto de la Emisión : Hasta 1.900.000 Unidades de

      Fomento (un millón

      novecientos mil unidades

      de fomento) dividida en

      series que expresarán la

      cantidad de bonos que tendrá

      cada una y el valor nominal

      de los mismos, de acuerdo a

      lo que determine la Empresa

      emisora.

    4. Reajuste : La variación de la Unidad de

      Fomento

    5. Plazo : No inferior a 12 años

    6. Período de Gracia para : No inferior a 5 años

      Amortización

    7. Amortización de Capital: Variable, distribuida hacia

      el final del instrumento

    8. Rescate Anticipado : No hay rescate anticipado

    9. Tasa de Interés : Los bonos devengarán un

      interés anual sobre el

      valor nominal a la par

      expresado en Unidades de

      Fomento, pagadero semestral

      o anualmente según

      determine la Empresa

      emisora, por semestres

      vencidos o anticipados,

      a una tasa que no podrá

      exceder de 5,5% anual

    10. Plazo de colocación : Hasta el 31 de diciembre

      de 2004

    11. Garantizador : República de Chile

  3. La Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. destinará el monto recaudado de la emisión o emisiones de bonos en Unidades de Fomento autorizada en el punto anterior a financiar obras civiles, suministros y otros gastos asociados a la ejecución de Proyectos de expansión de la Red de Metro.

  4. La Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. deberá dar cumplimiento a todas las...

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