Decisión nº C2383-16, de Consejo de Transparencia de 11 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 663576489

Decisión nº C2383-16, de Consejo de Transparencia de 11 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C2383-16.

Entidad pública: Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).

Requirente: Elizabeth González Pérez.

Ingreso Consejo: 22.07.2016.

En sesión ordinaria N° 753 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C2383-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 16 de junio de 2016, doña Elizabeth González Pérez solicita a la Junta Nacional de Jardines Infantiles - en adelante, también JUNJI-, lo siguiente:

a) "Anotaciones de mérito de mi persona, desde el año 2010 a la fecha".

b) "Mis calificaciones anuales 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y precalificación año 2016".

c) "Registros UPAB año 2016, donde consta atención a mi persona".

d) "Proceso de selección del cargo de Subdirector de Infraestructura año 2016".

e) "Totalidad de Curriculums vitae que formaron el proceso selectivo del cargo de subdirector de infraestructura este año y su evaluación respectiva (Psico Laboral y Técnica)".

f) "Procedimiento interno de Junji para responder reclamos en cuanto a la notificación de las respuestas".

g) "Documento que acredite la contrata de mi persona año 2016".

2) TRASLADO: La Junta Nacional de Jardines Infantiles, mediante oficio ordinario N° 015/474, de fecha 22 de junio de 2016, y, conforme a lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley de Transparencia, comunica al funcionario seleccionado para ocupar el cargo consultado, la solicitud de información del requirente - en lo relativo a su evaluación psicolaboral-, y su derecho a oponerse a la entrega de la misma.

3) OPOSICIÓN DEL TERCERO INTERESADO: Mediante carta ingresada con fecha 24 de junio de 2016, el funcionario en cuestión, se opone a la entrega de su evaluación psicolaboral, en atención de que aquel tiene que ver con su vida privada, además, de que las entrevistas fueron realizadas por un profesional evaluador con criterios técnicos y no considera prudente la publicación de sus resultados.

4) RESPUESTA: La Junta Nacional de Jardines Infantiles, mediante oficio ordinario N° 15/505, de fecha 11 de julio de 2016, responde la solicitud de acceso informando que adjunta la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR