Elimina discriminación con extranjeros en tarifas de acceso a parques nacionales administrados por CONAF. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914499455

Elimina discriminación con extranjeros en tarifas de acceso a parques nacionales administrados por CONAF.

Fecha05 Octubre 2006
Número de Iniciativa4590-01
Fecha de registro05 Octubre 2006
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaArenas Hödar, Gonzalo, Estay Peñaloza, Enrique, García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro, Rojas Molina, Manuel, Turres Figueroa, Marisol
MateriaCORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (CHILE), DISCRIMINACIÓN, EXTRANJEROS, PARQUES NACIONALES
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY QUE ELIMINA DISCRIMINACION CON EXTRANJEROS

ELIMINA DISCRIMINACION CON EXTRANJEROS EN TARIFAS DE ACCESO A PARQUES NACIONALES ADMINISTRADOS POR LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL

BOLETÍN N°4590-01


Considerando que:


1. El turismo es una actividad económica no contaminante, que millones de dólares de ingreso al país, los que a diferencia del producto de otros rubros de la economía, se reparten a lo largo de la geografía nacional de manera regionalizada;

2. Entre los principales atractivos turísticos de Chile se cuentan aquellos contenidos en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado;

3. El Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado está integrado por las siguientes categorías de manejo: Reservas de Regiones Vírgenes, Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales;

4. Corresponde por ley al Ministerio de Agricultura, a través de la Corporación Nacional Forestal, la administración, vigilancia y control de las unidades de manejo que integran el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado;

5. En virtud de lo anterior, la Corporación Nacional Forestal está facultada para fijar las tarifas por el ingreso a las áreas silvestres y por los servicios que preste en ellas a particulares;

6. Cualquier discriminación que se realice en contra de turistas extranjeros en materia de precios o tarifas no sólo es inconstitucional, sino además injusta;

7. Una discriminación como la indicada en el punto precedente ocurre, por ejemplo, en los precios cobrados en el acceso a diferentes inmuebles incluidos entre las Áreas Silvestres Protegidas del Estado, en que se cobra un valor de ingreso a los nacionales y otro &8209;diferente y superior&8209; a los extranjeros;

8. Ello importa un abuso, y además ha generado permanentes reclamos de turistas que se sienten pasados a llevar por una situación injusta y discriminatoria.

Venimos en presentar el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo único:


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