Resolución núm. 285 EXENTA, publicada el 29 de Diciembre de 2012. APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO POR CONTRAVENCIÓN A LA NORMATIVA EDUCACIONAL, APLICA SANCIÓN Y ORDENA NOTIFICACIÓN AL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DENOMINADO COLEGIO FRAY ANDRÉS, RBD Nº 14.331-6, DE LA COMUNA DE CONCÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469149934

Resolución núm. 285 EXENTA, publicada el 29 de Diciembre de 2012. APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO POR CONTRAVENCIÓN A LA NORMATIVA EDUCACIONAL, APLICA SANCIÓN Y ORDENA NOTIFICACIÓN AL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DENOMINADO COLEGIO FRAY ANDRÉS, RBD Nº 14.331-6, DE LA COMUNA DE CONCÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO POR CONTRAVENCIÓN A LA NORMATIVA EDUCACIONAL, APLICA SANCIÓN Y ORDENA NOTIFICACIÓN AL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DENOMINADO COLEGIO FRAY ANDRÉS, RBD Nº 14.331-6, DE LA COMUNA DE CONCÓN

Núm. 285/2012/PA/05 exenta.- Viña del Mar, 19 de diciembre de 2012.

Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DFL Nº 2 de 2009 del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005; el DFL Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación, que fija texto refundido coordinado y sistematizado del DFL Nº 2 de 1996 del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; el decreto supremo Nº 315, de 2010 del Ministerio de Educación, y sus modificaciones, que Reglamenta Requisitos de Adquisición, Mantención y Pérdida del Reconocimiento Oficial del Estado a los Establecimientos Educacionales de Educación Parvularia, Básica y Media; el decreto supremo N° 8.144 de 1980 del Ministerio de Educación, y sus modificaciones; la resolución Nº 5, de 14 de septiembre de 2012, del Superintendente de Educación Escolar, que nombra transitoriamente al Director Regional de la Región de Valparaíso; la resolución N° 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República; el oficio ordinario Nº 2.659, de fecha 17 de octubre de 2012 de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Valparaíso, que remite al Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región de Valparaíso acta de fiscalización Visita Integral N° 1.053.12.0578 de 30 de agosto de 2012; la resolución exenta N° 2012/PA/05/49 de fecha 25 de octubre de 2012 del Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región de Valparaíso; los antecedentes que constan en el expediente administrativo, y

Considerando:

Primero: Que, por resolución exenta N° 2012/PA/05/49 de fecha 25 de octubre de 2012, del Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región de Valparaíso, se ordenó instruir Proceso Administrativo, al establecimiento educacional denominado Colegio Fray Andrés, RBD N° 14.331-6, ubicado en calle Santa Margarita Nº 1333, de la comuna de Con Con, cuya entidad sostenedora es la Sociedad Educacional Fray Andrés Colegio Millahue Ltda., RUT Nº 77.118.470-7, y su representante legal doña Justa Auristela Jofré Gamboa, RUT Nº 7.280.985-8, por presuntas contravenciones a la normativa educacional, a partir de los hechos consignados en el Acta de Fiscalización Denuncias a establecimientos Nº 1.053.12.0578, de fecha 30 de agosto de 2012, la que se tiene por reproducida para todos los efectos legales, formando parte del proceso.

Segundo: Que, con fecha 19 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial la resolución exenta N° 2012/PA/05/49 de fecha 25 de octubre de 2012, debido a que la representante legal no fue habida en el domicilio del citado establecimiento educacional, ya que el colegio no se encuentra funcionando, dicha resolución exenta ordena instruir proceso administrativo y en ella se formularon los siguientes cargos:

Cargo 1.

Número Hallazgo: 1 Establecimiento no mantiene registro oficial de asistencia por curso.

Número Sustento: 01.08 Establecimiento no registra asistencia en la jornada escolar.

Norma Transgredida: Artículos 9, 13, y 47 del decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación. Artículos 14 letra a) y 42 letra b) del decreto supremo Nº 8.144 de 1980 del Ministerio de Educación.

Tipo Infraccional: Infracción menos grave. Artículo 77 letra c) de la ley Nº 20.529.

Cargo 2.

Número Hallazgo: 27 Establecimiento incumple obligaciones remuneracionales y/o previsionales.

Número Sustento: 27.01 Establecimiento presenta atrasos y/o pagos parciales de remuneraciones y/u obligaciones previsionales.

Norma Transgredida: Artículo 6 letra f) del decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación. Artículo 7° letra i) del decreto supremo Nº 8.144 de 1980 del Ministerio de Educación.

Tipo Infraccional: Infracción grave, artículo 76 letra h) de la ley Nº 20.529, en relación a lo prescrito en el artículo 50º inciso 3 letra f) del DFL 2, de 1998, del Ministerio de Educación.

Número Sustento: 27.03 Establecimiento no entrega subvención, asignación u otro recurso fiscal destinado a las remuneraciones del personal docente y/o asistente de la educación.

Norma Transgredida: Artículo 6 letra f) del decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación. Artículo 7° letra i) del decreto supremo Nº 8.144 de 1980 del Ministerio de Educación.

Tipo Infraccional: Infracción Grave, artículo 76 letra...

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