Decisión nº C2658-15, de Consejo de Transparencia de 2 de Febrero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650457761

Decisión nº C2658-15, de Consejo de Transparencia de 2 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2016

DECISIÓN RECLAMO ROL C2658-15

Entidad pública: Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota

Requirente: Edgardo Dinamarca Toledo

Ingreso Consejo: 29.10.2015

En sesión ordinaria N° 683 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de febrero de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C2658-15.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 29 de octubre de 2015, don Edgardo Dinamarca Toledo presentó un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa en contra del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, fundado en que la información relativa al organigrama; las facultades, funciones y atribuciones de las unidades internas; entidades en que el organismo tiene participación, representación e intervención; personal y remuneraciones, marco normativo aplicable; mecanismos de participación ciudadana; y, presupuesto asignado y su ejecución se encuentra incompleta.

Se hace presente que el reclamante indica adicionalmente que no se informa, además, sobre el Hospital de Quintero e indica que asimismo se encontraría incompleta la siguiente información: "horarios, infraestructura inmobiliaria, móvil y clínica, tipos de atención, número anual 2014, número per cápita, número de reclamos de usuarios, tipos de exámenes clínicos que no se hacen, inscritos a la fecha, etc. Detalles de cuenta pública 2014. Copia autentificada y toda información estadística". Adjunta a su presentación, como antecedentes de contexto de su actual reclamo, Carta de respuesta de la Sra. Directora del Hospital de 08 de julio de 2015, y presentación del reclamante dirigida al Sr. Director del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, de 24 de agosto de 2015.

2) SUBSANACIÓN DE RECLAMO: Revisada la reclamación presentada, se advirtió que no fue posible constatar con claridad las infracciones alegadas. Por lo anterior esta Corporación, mediante Oficio N° 8.821, de 11 de noviembre de 2015, solicitó al reclamante subsanar su amparo en orden a que indicase las infracciones a las normas de Transparencia Activa en que habría incurrido el órgano reclamado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, especialmente en las categorías reclamadas. Por correo electrónico de 25 de noviembre de 2015, el reclamante adjuntó una presentación en la que indica, en síntesis, que el Servicio de Salud reclamado, respecto de sí mismo, como de las Unidades a su cargo, dentro de las cuales contempla 11 hospitales, incluido el Hospital de Quintero, no da cumplimiento a la fecha a las disposiciones establecidas en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR