Decisión nº C1781-13, de Consejo de Transparencia de 31 de Enero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544594250

Decisión nº C1781-13, de Consejo de Transparencia de 31 de Enero de 2014

Fecha de Resolución31 de Enero de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano

DECISIÓN AMPARO ROL C1781-13

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Valparaíso

Requirente: Edgardo Dinamarca Toledo

Ingreso Consejo: 14.10.2013

En sesión ordinaria Nº 499 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de enero de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1781-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 27 de agosto de 2013, don Edgardo Dinamarca Toledo solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Valparaíso, en adelante también SEREMI, la siguiente información:

a) “Copia de los documentos emitidos, e informar medidas administrativas tomadas, tendientes a solucionar los problemas sanitarios y de salubridad pública, que surgieron debido al rompimiento de la tubería de alcantarilla ocurrida el 14 de julio de 2013 en el cerro Ramaditas;

b) Investigar e informar resultados sobre nuevas filtraciones en la alcantarilla existente en calle Federico Costa, al centro de la calle, a la altura del Nº 1.155 y, al costado del cerro, a la altura del 1.040; y,

c) Investigar e informar resultado sobre polvillo y lodo antihigiénico, existente en la calle, fachada y puertas, desagüe de aguas lluvias y acequia de las casas de dos pisos, pareadas, existentes entre las calles y escala Llanos y Santa Elena Viejo”.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 8 de octubre de 2013, don Edgardo Dinamarca Toledo dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud. Además, el reclamante acompañó copia de la solicitud de información, de 27 de agosto de 2013.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo trasladó este amparo, al Sr. Secretario Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, mediante oficio N° 4480, de 28 de octubre de 2013. Por dicho oficio se solicitó especialmente que al formular sus descargos: (1°) indicase las razones por las cuales la solicitud de información no habría sido respondida oportunamente; (2°) en caso de haber dado respuesta al requerimiento de información, acreditase dicha circunstancia, acompañando copia de dicha respuesta, y los antecedentes que acrediten la fecha y medio de despacho de ésta, de conformidad a lo establecido en el artículo 17, inciso 2° de la Ley...

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