Decreto núm. 103, publicado el 29 de Octubre de 1992. PROMULGA EL CONVENIO ADMINISTRATIVO CON ECUADOR, DE COOPERACION PARA LA PREVENCION DEL USO INDEBIDO, COMBATE A LA PRODUCCION Y AL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470781130

Decreto núm. 103, publicado el 29 de Octubre de 1992. PROMULGA EL CONVENIO ADMINISTRATIVO CON ECUADOR, DE COOPERACION PARA LA PREVENCION DEL USO INDEBIDO, COMBATE A LA PRODUCCION Y AL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL CONVENIO ADMINISTRATIVO CON ECUADOR, DE COOPERACION PARA LA PREVENCION DEL USO INDEBIDO, COMBATE A LA PRODUCCION Y AL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS

Núm. 103.- Santiago, 21 de enero de 1991.- Vistos: Los artículos 32 No. 8 y 17, y 50 No. 1, inciso segundo, de la Constitución Política de la República y el DFL, del Ministerio de Relaciones Exteriores No. 161 del año 1978.

Considerando:

El compromiso contraído por las Repúblicas de Chile y Ecuador, en su calidad de Estados Partes de la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes, publicada en el Diario Oficial de 16 de Mayo de 1968, enmendada por el Protocolo de Modificación de 1972, publicado en el Diario Oficial de 20 de Marzo de 1976; la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas del año 1971, publicada en el Diario Oficial del 03 de Noviembre de 1976 y el Acuerdo Sudamericano sobre Estupefacientes y Psicotrópicos de 1973, publicado en el Diario Oficial del 03 de Abril de 1981;

La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, publicada en el Diario Oficial del 20 de Agosto de 1990, en la cual se propician los Acuerdos Bilaterales que promuevan una mayor colaboración y entendimiento con otros países sobre esta materia, de manera de disminuir y erradicar el tráfico ilícito de estos elementos;

Que el presente Convenio tiene por objeto consolidar la cooperación entre ambos Estados en la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, a través de sus respectivos organismos y servicios nacionales competentes, los que mantendrán una asistencia técnico-científica, así como un intercambio frecuente de informaciones relacionadas con este propósito;

Decreto:

Artículo único

Apruébase el Convenio Administrativo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Ecuador para la Prevención del Uso Indebido, Combate a la Producción y al Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas suscrito en Quito, Ecuador, el 26 de Septiembre de 1990.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.- Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud...

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