DUOQUIMICA SpA - 14 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 914476369

DUOQUIMICA SpA

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2216773
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.400
CVE 2216773 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.400 | Lunes 14 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 4
Empresas y Cooperativas
CVE 2216773
EXTRACTO
LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico
que por escritura de hoy ante mí, que tuvo lugar la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE "DUOQUIMICA SpA.”, celebrada también ante mí. Asistencia:
Asistieron los siguientes señores accionistas: Doña NATALIA BUSTAMANTE MOLINA, por
tres mil acciones. Total de acciones presentes, tres mil acciones, esto es, la totalidad de las
acciones y accionistas de la compañía.- Como invitado asistió el señor Ignacio Bustamante
Molina, cedula nacional de identidad quince millones seiscientos treinta y seis mil seiscientos
veinte y siete guion siete, y Francisco Javier Calderón Campos, cédula nacional de identidad
número trece millones treinta y seis mil trescientos doce guión uno. Calificación de Poderes: Se
realizó calificación de poderes, no existiendo observación alguna a la presentación de los
poderes.- Presidencia y Secretaría: Presidió la reunión Doña NATALIA BUSTAMANTE
MOLINA, Presidente de la Junta de accionistas, y actuó como secretario el señor Don IGNACIO
BUSTAMANTE MOLINA y como invitado especial Don Francisco Javier Calderón Campos.-
El Presidente declara abierta la sesión y Junta.- Constitución de la Asamblea: La Señora
Presidente expuso que de conformidad a la lista de asistencia firmada por los señores accionistas,
se encontraba presente el cien por ciento de las acciones emitidas por la sociedad, por lo que hay
pleno cumplimiento del requisito de constitución de la Junta normado en los Estatutos Sociales
de la compañía y la legislación vigente.- Antecedentes de la Convocatoria: La señora Presidente
informa y deja constancia que no fue necesario el cumplimiento de las formalidades para citar a
Junta, dado que se encuentran presentes la totalidad de las acciones con derecho a voto, de
acuerdo a la Ley.- Nueva composición de la sociedad: La señora presidente Doña NATALIA
BUSTAMANTE MOLINA, dio cuenta de la compraventa de acciones, celebrada conforme a las
disposiciones del código de comercio y registradas correctamente en el libro de registro de
accionistas, en donde Doña NATALIA BUSTAMANTE MOLINA adquirió para sí la totalidad
de acciones que poseían los señores: HERIBERTO SEGUNDO BUSTAMANTE AGUILAR,
ROSA DEL CARMEN MOLINA JARA, IGNACIO BUSTAMANTE MOLINA y
FRANCISCA BUSTAMANTE MOLINA, y con ello, doña NATALIA BUSTAMANTE
MOLINA se transformó en la dueña de tres mil acciones correspondientes al cien por ciento de
las acciones de la sociedad. Modificación del TITULO QUINTO. DE LA ADMNISTRACION.
Articulo Décimo Quinto de los estatutos de la sociedad referente a la administración: La señora
presidente Doña NATALIA BUSTAMANTE MOLINA, indica que se modifica del estatuto de
la sociedad el TITULO QUINTO, ARTICULO Décimo Quinto, quedando como sigue: La
administración, representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá
individualmente e indistintamente, sin ser necesaria su actuación en conjunto, a Doña NATALIA
BUSTAMANTE MOLINA y/o a Don IGNACIO BUSTAMANTE MOLINA, quienes actuando
individualmente obligarán y representarán a la sociedad en toda clase de actos y contratos, sin
que la enumeración que sigue sea taxativa, sino que meramente ejemplar, podrán: UNO)
FACULTADES RELATIVAS A CUENTAS CORRIENTES Y OTRAS: a) Podrán contratar y
cerrar cuentas corrientes bancarias de depósito, de ahorro, de crédito u otras especiales, sean en
moneda nacional o extranjera, y girar sobre todas ellas, pactar sobregiros en las mismas y
girarlos, así como también dar órdenes de cargos sobre todas ellas mediante procedimiento
cibernéticos, telefónicos y/o fax; b) Depositar, cobrar, cancelar, revalidar, prorrogar, endosar,
protestar y dar órdenes de no pago de cheques o retirar cheques protestados; c) Solicitar al banco
o institución financiera, información sobre cuentas corrientes de depósito, de crédito, de ahorro a
la vista o a plazo, así como de cualquier otra, sea especial o no, existente a nombre de la
sociedad; d) Reconocer e impugnar saldos, retirar talonarios y cartolas, así como cualquier otra
documentación bancaria del poderdante. DOS) FACULTADES RELATIVAS A CREDITOS,
COBRANZA, DESCUENTO Y GARANTÍA: a) Contratar préstamos por montos inferiores a
cuarenta millones de pesos, sea en forma de mutuo u otra; b) Contratar toda clase de operaciones

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