Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 11 de Diciembre de 2013 (Rol Nº 001583-2012) - Jurisprudencia - VLEX 494269490

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 11 de Diciembre de 2013 (Rol Nº 001583-2012)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Número de expediente2968-06
Fecha11 Diciembre 2013

1 Santiago, diez de diciembre de dos mil trece.

VISTOS:

  1. Que, se solicitó el registro de la patente número 2968-2006, descrita originalmente como “Procedimiento y dispositivo para la dosificación de medicamentos”.

  2. Que la solicitud fue presentada por B.I., Pharma GMBH &

    Co.KG. el 2 de noviembre de 2006, invocando prioridad alemana número 102005052898.8 de fecha 3 de Noviembre de 2005.

  3. Que respecto de la unidad de invención, la reivindicación 1 corresponde a un procedimiento para la expulsión de un medicamento como aerosol. La reivindicación 15 (independiente) corresponde a un dispositivo para la aplicación de un medicamento como aerosol. El problema técnico descrito en la solicitud es obtener un procedimiento y un dispositivo para la expulsión de medicamento con exactitud de dosificación.

  4. Que a fs. 184 rola el primer informe pericial elaborado por el profesional don A.M.F., quien analiza la memoria descriptiva y pliego de reivindicaciones, de fecha 15 de mayo 2009 señalando que el pliego consta de 24 cláusulas, de las cuales las cláusulas 1-14 apuntan a un procedimiento para la expulsión de un medicamento como aerosol, y el resto de reivindicaciones apuntan un dispositivo para la aplicación de un medicamento como aerosol. Además de observaciones formales, contiene las siguientes observaciones de fondo: que las reivindicaciones independientes del pliego carecen de unidad de invención y que la reivindicación principal es afectada por novedad por el documento D2 (XP 002419469) y que la reivindicación independiente 15 es afectada por novedad por el documento D1 (CA 2508673); múltiples reivindicaciones dependientes serían también afectada por novedad y nivel inventivo. El perito recomienda el rechazo de la solicitud, ya que no cumple con los requisitos de patentabilidad señalado en los artículos 33 y 35 de la Ley de Propiedad Industrial.

  5. A fojas 198 el solicitante contesta el primer informe pericial, acompañando un nuevo pliego de reivindicaciones donde elimina la cláusula que tenía falta de unidad de invención y toda sus dependientes, y además incorpora a la reivindicación principal el contenido de una de sus dependiente para superar la objeción por falta de novedad. En consecuencia, presenta un pliego de 13 reivindicaciones que apuntan a un procedimiento para la expulsión de un medicamento.

    2 6º A fojas 221 y siguientes se encuentra agregado el segundo informe pericial de fecha 12 de Agosto de 2010 en el que el profesional analiza el nuevo pliego de reivindicaciones, el que consta de 13 cláusulas, las cuales apuntan a un procedimiento para la expulsión de un medicamento. Además de las observaciones por los aspectos formales de las cláusulas, el perito determina que la reivindicación principal número 1 tiene novedad ante los documentos del estado del arte analizados, sin embargo, carece de nivel inventivo a la vista de la combinación de los documentos D1 y D2, los cuales en conjunto describirían las características reivindicadas por el presente pliego. El perito recomienda el rechazo de la solicitud,

    ya que no cumple con el requisito de nivel inventivo exigido por la ley.

  6. A fojas 235 el solicitante contesta el informe pericial No. 2 presentando un nuevo pliego de reivindicaciones de 11 cláusulas, además de argumentos para aclarar la comprensión de la actividad inventiva de lo solicitado. Señala que el problema técnico preciso abordado por la invención es el de proporcionar un sellado significativamente mejor debido al ajuste de los componentes respectivos,

    generando una acción de bombeo más definida y predecible, por lo que se mejora también la característica de pulverización e incrementa la confiabilidad. Se señala además que el dispositivo posee el nombre comercial de Respimat. Asimismo, para subsanar las observaciones de claridad del pliego de reivindicaciones el solicitante modifica el preámbulo de la reivindicación de modo que ahora se refiere a “un procedimiento para producir un dispositivo para expulsar un medicamento.”

  7. A fojas 239 el Inapi solicita al perito que complemente su informe, el que rola a fs. 240 y siguientes. En éste, y ante el cambio de alcance del pliego de reivindicaciones el perito elabora un nuevo análisis de novedad y nivel inventivo.

    Además, incorpora nuevos documentos del estado de la técnica, presentes en las búsquedas de las solicitudes internacionales equivalentes...

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