Donaciones recovables que tienen por objeto diferir impuestos de la ley n° 16.271 hasta la muerte del donante y/o disminuir la base imponible de impuestos finales - Núm. 104, Febrero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 913837696

Donaciones recovables que tienen por objeto diferir impuestos de la ley n° 16.271 hasta la muerte del donante y/o disminuir la base imponible de impuestos finales

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas134-135
134
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
LX. DONACIONES REVOCABLES QUE TIENEN POR OBJETO DIFERIR
IMPUESTOS DE LA LEY N° 16.271 HASTA LA MUERTE DEL DONANTE
Y/O DISMINUIR LA BASE IMPONIBLE DE IMPUESTOS FINALES.
DESCRIPCIÓN DEL ESQUEMA
PARTICIPES OPERACIÓN RESULTADO
Persona A
Donante.
Persona B
Potencial heredero o
tercero (donatario).
1. “A” dona en carácter de revocable un
bien a “B”. De este modo, la donación
se gravaría con los impuestos de la
Ley N° 16.271 en el evento que no
se revoque, atendido su carácter de
legado anticipado o herencia.
2. Al darle la forma de donación revocable,
el donatario adquiere los derechos y
las obligaciones de un usufructuario
sobre la cosa.
3. Desde la perspectiva de la LIR, “B”
tributara por las rentas que produce la
cosa fructuaria (Artículo 13 de la LIR),
en el tiempo que va desde la donación
a la muerte del donante.
Celebración de
donaciones revocables,
solo para diferir el
impuesto a las donaciones
hasta la muerte del
donante y/o disminuir la
base imponible del IGC.

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